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La
Constitución española y el Defensor del Pueblo
por Rafael
Rubio
- La Constitución
española establece un conjunto muy amplio de derechos y
libertades y también un sistema de protección, múltiple, de
éstos. El Defensor del Pueblo es una de las
instituciones de garantía entre las que integran el
sistema de protección.
- La función del
Defensor del Pueblo es doble. Por un lado, la protección
y defensa de los derechos fundamentales y, por
otro, la supervisión de las administraciones públicas.
- La garantía de
los derechos fundamentales, para los ciudadanos, no sería
efectiva sin un correcto funcionamiento de la Administración.
Por ello, la Constitución asigna al Defensor del Pueblo la misión
de supervisar la actividad de las administraciones públicas y
la de sus agentes.
- La Constitución
establece, por otra parte, los principios que
deben inspirar la actuación de las administraciones públicas:
servir los intereses generales con objetividad y actuar de
acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la
Ley y al Derecho, prohibiéndose, expresamente, toda
arbitrariedad.
- Sobre estos
principios se fundamenta el criterio que sigue el Defensor del
Pueblo para determinar si la actuación de las administraciones
públicas ha sido correcta o si, por el contrario, debe
revisarse.
- El Defensor del
Pueblo está legitimado para interponer los recursos de
inconstitucionalidad y de amparo, ante el Tribunal
Constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución
y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.LA
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