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Los veinte años del IRP
por Hector Acosta Garcia

“La situación del país, está ligada profundamente con su sistema impositivo. Uruguay debe hacer una profunda reforma tributaria, que lo acerque a la Justicia Social"  (Foro sobre Economía Social de Mercado, junio de 1992) 

El inicio del segundo semestre de este año, coincide con los veinte años de aplicación del Impuesto a las Retribuciones Personales en el  país.

Precisamente con fecha 23 de junio de 1982, y con vigencia a partir del primero de julio de ese año, el gobierno cívico militar - que entonces  presidía el  Tte. General Gregorio Alvarez - promulgó el Decreto Ley 15.294, que creó este impuesto que grava “las retribuciones y prestaciones nominales, en efectivo o en especie, derivadas de servicios personales prestados en la actividad pública o privada, exista o no relación de dependencia.” 

Fundamentada su implementación en razones coyunturales y prevista su utilización por un tiempo limitado, ha ido – no obstante – consolidando su permanencia dentro del esquema tributario del país con el transcurso de los años, aumentando su importancia como proveedor de los recursos del modelo económico, hasta alcanzar en nuestros días una cifra de recaudación superior al millón de dólares diarios, que aportan en su mayor medida los trabajadores y jubilados. 

Estos recursos, que en los fundamentos del proyecto de ley fueron previstos para ser aplicados a los programas de viviendas del Banco Hipotecario del Uruguay, han sido en buena parte volcados para otros fines, como la financiación de la Seguridad Social y capitalización de Cajas Paraestatales, programas  de Asignaciones Familiares y para Rentas Generales como financiamiento de desajustes fiscales. 

Calificado de injusto, aún por aquellos que lo votaron, y los que posteriormente aumentaron sus tasas, es el impuesto más resistido y criticado de todos los aplicados en el país.  Así surge de las encuestas de opinión publicadas en su momento, que lo ubican superando incluso al también cuestionado I.V.A. 

Sin embargo, toda vez que se ha planteado su eliminación - o aún la reducción de sus tasas - por miembros del sistema político, la voz del equipo económico se ha levantado para decir: “si no es el I.R.P., ¿entonces qué?”; sin medir el esfuerzo ya realizado por un único sector de la sociedad; sin tener en cuenta las injusticias que el impuesto consagra; sin valorar  el cumplimiento sobrado y ampliamente superado de las metas trazadas en su momento por el propio equipo económico; sin reparar en el indisimulado y paulatino trasiego de los recursos que el impuesto recauda, para otros fines ajenos a los de su creación. 

Una recorrida por los últimos veinte años de la vida del país, nos permitiría confirmar la aplicación de una única propuesta económica y tributaria, invariablemente repetida cada cinco años. 

Tanto ha sido cada equipo económico, de cada período de gobierno, una prolongación de su antecesor – a la vez que un avance del que habría de continuarlo – que es posible englobar a todos los actores en un equipo económico único para todo el período, todos engranajes del mismo modelo. 

Como si los economistas Valentín Arismendi, Ricardo Zerbino, Enrique Braga, Luis Mosca y Alberto Bensión, así como el Dr. Ignacio de Posadas, hubiesen efectivamente integrado el mismo equipo económico, aunque en distintos momentos históricos.

Apreciación que por cierto se robustece, a partir de la presencia casi constante del Cr. Ariel Davrieux en el planeamiento de las políticas económicas y presupuestales del país, durante casi todo el período considerado. 

Dentro de esa propuesta única conque el país se ha manejado en estos últimos veinte años, el Impuesto a las Retribuciones Personales constituye su elemento distintivo. 

Por los frutos conoceréis el árbol”, dice la sentencia bíblica. Y nunca mejor aplicada que en este caso. Porque el I.R.P. es, a nuestro entender, el “código genético” del modelo económico. Es el que mejor lo define, el que mejor lo interpreta. Es su emblema y carta de presentación. 

Es el impuesto que emparenta a los equipos económicos de la dictadura, con los que han actuado hasta nuestros días en democracia.

Es la herramienta a la que todos ellos, sin excepción en estos últimos veinte años, han recurrido en su doble rol: como fuente de recursos de rápida respuesta, necesarios para cubrir déficits fiscales, y como ancla salarial de control de la demanda interna, “responsable de los procesos inflacionarios.” 

¡Y claro!  ¡Cómo no hacerlo, cómo no recurrir a él, si se aproxima a su  ideal en materia tributaria!

Actúa sobre sectores prisioneros – asalariados y jubilados – que muy difícilmente pueden evadirlo; sólo trabajando en forma ilegal, fuera de planillas o disfrazando sus remuneraciones y siempre con la anuencia del empleador. Es retenido por éste directamente de las liquidaciones salariales, y volcado a las correspondientes Cajas de Previsión que, a su vez, deben verterlo a las arcas del Estado en un plazo máximo de 30 días. 

Permite márgenes de maniobra muy amplios, al estar ligado a diversas variables: activo o pasivo; privado o estatal; diferentes tasas en función de la franja salarial que integre el contribuyente, etc.  Pero, principalmente, por estar condicionado al Salario Mínimo Nacional, variable cuya fijación es resorte exclusivo del Poder Ejecutivo. 

El I.R.P. es “la joya de la abuela” del modelo en materia impositiva, que en estas dos décadas de vida ha ido creciendo sin pausa, hasta alcanzar hoy el 10% dentro del total de los recursos fiscales del país y estando su recaudación prevista para 2004 en u$s 441,45 millones. Medido en función del PBI,  pasó del 0,76% en 1989, para el actual  2,2%. 

Hoy, ante la crítica situación social, económica y tributaria que se reitera sobre el país, nuevamente la propuesta del equipo económico se construye sobre este injusto gravamen. 

¿Hasta cuándo?

¿Cuándo va a entenderse que no es comprimiendo el poder de compra de los asalariados que va a recomponerse la situación del país?

¿Cuándo el país político se dará la oportunidad de discutir en profundidad, qué sistema tributario debe aplicarse?; ¿cómo contribuir a una efectiva justicia social, a través de las herramientas impositivas adecuadas? 

O expresado de otra forma: ¿Por qué se insiste en la aplicación del IRP y se evade la discusión del Impuesto a la Renta, cuyo reclamo surge con fuerza desde todos los sectores de la sociedad y cuya reivindicación es sostenida en las Declaraciones de Principios y los Programas de la mayoría de las fuerzas políticas del país?

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