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Los
veinte años del IRP
“La
situación del país, está ligada profundamente con su sistema
impositivo. Uruguay debe hacer una profunda reforma tributaria,
que lo acerque a la Justicia Social"
(Foro sobre Economía Social de Mercado, junio de 1992) El
inicio del segundo semestre de este año, coincide con los veinte
años de aplicación del Impuesto a las Retribuciones Personales
en el país. Precisamente
con fecha 23 de junio de 1982, y con vigencia a partir del primero
de julio de ese año, el gobierno cívico militar - que entonces presidía el Tte.
General Gregorio Alvarez - promulgó el Decreto Ley 15.294, que
creó este impuesto que grava “las
retribuciones y prestaciones nominales, en efectivo o en especie,
derivadas de servicios personales prestados en la actividad pública
o privada, exista o no relación de dependencia.” Fundamentada
su implementación en razones coyunturales y prevista su utilización
por un tiempo limitado, ha ido – no obstante – consolidando su
permanencia dentro del esquema tributario del país con el
transcurso de los años, aumentando su importancia como proveedor
de los recursos del modelo económico, hasta alcanzar en nuestros
días una cifra de recaudación superior al millón de dólares
diarios, que aportan en su mayor medida los trabajadores y
jubilados. Estos
recursos, que en los fundamentos del proyecto de ley fueron
previstos para ser aplicados a los programas de viviendas del
Banco Hipotecario del Uruguay, han sido en buena parte volcados
para otros fines, como la financiación de la Seguridad Social y
capitalización de Cajas Paraestatales, programas
de Asignaciones Familiares y para Rentas Generales como
financiamiento de desajustes fiscales. Calificado
de injusto, aún por aquellos que lo votaron, y los que
posteriormente aumentaron sus tasas, es el impuesto más resistido
y criticado de todos los aplicados en el país.
Así surge de las encuestas de opinión publicadas en su
momento, que lo ubican superando incluso al también cuestionado
I.V.A. Sin
embargo, toda vez que se ha planteado su eliminación - o aún la
reducción de sus tasas - por miembros del sistema político, la
voz del equipo económico se ha levantado para decir: “si
no es el I.R.P., ¿entonces qué?”; sin medir el esfuerzo ya
realizado por un único sector de la sociedad; sin tener en cuenta
las injusticias que el impuesto consagra; sin valorar
el cumplimiento sobrado y ampliamente superado de las metas
trazadas en su momento por el propio equipo económico; sin
reparar en el indisimulado y paulatino trasiego de los recursos
que el impuesto recauda, para otros fines ajenos a los de su
creación. Una
recorrida por los últimos veinte años de la vida del país, nos
permitiría confirmar la aplicación de una única propuesta económica
y tributaria, invariablemente repetida cada cinco años. Tanto
ha sido cada equipo económico, de cada período de gobierno, una
prolongación de su antecesor – a la vez que un avance del que
habría de continuarlo – que es posible englobar a todos los
actores en un equipo económico único para todo el período,
todos engranajes del mismo modelo. Como
si los economistas Valentín Arismendi, Ricardo Zerbino, Enrique
Braga, Luis Mosca y Alberto Bensión, así como el Dr. Ignacio de
Posadas, hubiesen efectivamente integrado el mismo equipo económico,
aunque en distintos momentos históricos. Apreciación
que por cierto se robustece, a partir de la presencia casi
constante del Cr. Ariel Davrieux en el planeamiento de las políticas
económicas y presupuestales del país, durante casi todo el período
considerado. Dentro
de esa propuesta única conque el país se ha manejado en estos últimos
veinte años, el Impuesto a las Retribuciones Personales
constituye su elemento distintivo. “Por
los frutos conoceréis el árbol”, dice la sentencia bíblica.
Y nunca mejor aplicada que en este caso. Porque el I.R.P. es, a
nuestro entender, el “código genético” del modelo económico.
Es el que mejor lo define, el que mejor lo interpreta. Es su
emblema y carta de presentación. Es
el impuesto que emparenta a los equipos económicos de la
dictadura, con los que han actuado hasta nuestros días en
democracia. Es
la herramienta a la que todos ellos, sin excepción en estos últimos
veinte años, han recurrido en su doble rol: como fuente de
recursos de rápida respuesta, necesarios para cubrir déficits
fiscales, y como ancla salarial de control de la demanda interna,
“responsable de los
procesos inflacionarios.” ¡Y claro! ¡Cómo no hacerlo, cómo no recurrir a él, si se aproxima a su ideal en materia tributaria! Actúa
sobre sectores prisioneros – asalariados y jubilados – que muy
difícilmente pueden evadirlo; sólo trabajando en forma ilegal,
fuera de planillas o disfrazando sus remuneraciones y siempre con
la anuencia del empleador. Es retenido por éste directamente de
las liquidaciones salariales, y volcado a las correspondientes
Cajas de Previsión que, a su vez, deben verterlo a las arcas del
Estado en un plazo máximo de 30 días. Permite
márgenes de maniobra muy amplios, al estar ligado a diversas
variables: activo o pasivo; privado o estatal; diferentes tasas en
función de la franja salarial que integre el contribuyente, etc. Pero, principalmente, por estar condicionado al Salario Mínimo
Nacional, variable cuya fijación es resorte exclusivo del Poder
Ejecutivo. El
I.R.P. es “la joya de la abuela” del modelo en materia
impositiva, que en estas dos décadas de vida ha ido creciendo sin
pausa, hasta alcanzar hoy el 10% dentro del total de los recursos
fiscales del país y estando su recaudación prevista para 2004 en
u$s 441,45 millones. Medido en función del PBI,
pasó del 0,76% en 1989, para el actual
2,2%. Hoy,
ante la crítica situación social, económica y tributaria que se
reitera sobre el país, nuevamente la propuesta del equipo económico
se construye sobre este injusto gravamen. ¿Hasta
cuándo? ¿Cuándo
va a entenderse que no es comprimiendo el poder de compra de los
asalariados que va a recomponerse la situación del país? ¿Cuándo
el país político se dará la oportunidad de discutir en
profundidad, qué sistema tributario debe aplicarse?; ¿cómo
contribuir a una efectiva justicia social, a través de las
herramientas impositivas adecuadas? O expresado de otra forma: ¿Por qué se insiste en la aplicación del IRP y se evade la discusión del Impuesto a la Renta, cuyo reclamo surge con fuerza desde todos los sectores de la sociedad y cuya reivindicación es sostenida en las Declaraciones de Principios y los Programas de la mayoría de las fuerzas políticas del país? LA ONDA® DIGITAL |
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