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¿Es válida en esta época la soberanía
particular de los pueblos?
por Tabaré Petronio
¿Qué pasa con la soberanía particular de los pueblos?¿ es válida en esta época? Los acontecimientos mediáticos y por venir justifican una vez mas una mirada a la ideas de José Artigas en este aspecto es lo que a continuación nos propone el historiador y profesor Tabaré Petronio.

Corría el año 1813, el gobierno de las Provincias Unidas, instaló  en Buenos Aires una Asamblea General Constituyente. La solicitud de reconocimiento a la Asamblea General Constituyente le llegó a Artigas a través de Rondeau. Ambos comandaban los ejércitos que mantenían el segundo sitio a Montevideo; Rondeau el ejército porteño y Artigas el ejercito oriental. 

Artigas tenía instalado su campamento en el paraje denominado Tres Cruces.

La respuesta de Artigas fue que el reconocimiento a la Asamblea debía ser resuelto por el pueblo oriental. 

Hasta esta situación todo se desarrollaba dentro de los parámetros conocidos en la época, los que obtenían el triunfo por intermedio de las armas, ocupaban los gobiernos , dirigían las actividades de los habitantes de las regiones. 

El planteamiento de Artigas es totalmente nuevo, el reconocimiento lo debía resolver el pueblo oriental. ¿ Quiénes eran el pueblo oriental? ¿Acaso era el casco de dirigentes artiguistas que se reunieron en la Panadería de Vidal o en la “Quinta de la Paraguaya”, o en la de Paso de la Arena, o eran las 5.000 personas que con carruajes y enseres lo acompañaron en “ la redota “? Algunos historiadores agregan 6.000 mil integrantes del ejército. 

Si  la población de la “Vanda de los charrúas” era de 20 mil personas aproximadamente, se expresa que la guerra los había dividido en forma tajante. Los defensores del antiguo  Imperio español quedaron en Montevideo protegido por sus parientes ambiciosos, los portugueses, los revolucionarios  estancieros criollos, descendientes  de españoles la mayoría, esclavos, libertos, hombres sueltos o “gauchos”, e indígenas, marcharon con el jefe hacia el Ayuí. 

En la Asamblea del paraje Tres Cruces no estaba todo “el pueblo” representado, según algunos historiadores, solamente llegaron los representantes de los “más poderosos” orientales. 

Sin embargo las resoluciones, tomadas por la Asamblea o por la influencia que ejerció Artigas en la misma son renovadoras, progresistas, revolucionarias.

El reconocimiento de la Asamblea debía realizarse por pacto y no por obediencia, ya que éste le da las garantías  que los orientales demandaban en su unión con las provincias

 Plantea que debían adoptarse medidas equivalentes a las garantías que o frece una Constitución de  todas las provincias Unidas, mientras esta no existiera.

La Provincia Oriental debía tener su propio gobierno económico que restableciera la economía del territorio (destruido por la guerra). 

El congreso de Tres Cruces o de Abril como también se denomina, resolvió reconocer a la Asamblea por pacto y redactó las bases( condiciones) del reconocimiento a la Asamblea Constituyente. Los diputados o delegados elegidos( representantes del pueblo oriental) para concurrir a Buenos Aires , recibieron las Instrucciones, las recomendaciones, de los asuntos más  importantes que debían tratar, por parte de Artigas y la Asamblea. 

El tema que se consideró prioritario era el de la Independencia, las Provincias Unidas del Río de la plata ya no debían estar sometidas a España. Después aparece el planteo diferente, que el sistema de confederación, que establecía un pacto reciproco entre las provincias que forman las Provincias Unidas, una firme liga de amistad y la forma de gobierno republicano que se basaría en la división tripartita de poderes. 

Proponía que cada provincia debía tener su propio gobierno autónomo, pero debía crearse un gobierno federal que se ocupara de los problemas y asuntos de estado comunes a las provincias. Este gobierno debía establecerse fuera de Buenos Aires. 

Además  la federación debía tener una Constitución nacional que crearía un Gobierno General con división tripartita de poderes. Cada provincia tendría su Constitución y Gobierno provincial. Estos gobiernos tanto el general como los provinciales debían conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos. 

Se entiende que estas resoluciones fueron tomadas por un pequeño sector “ del pueblo” oriental, que sin dudas la llevó adelante la firmeza de José Artigas en sus convicciones, de la presión de su ejercito reunido en  las afueras de Tres Cruces, del “ resentimiento” que tenía con “lo español”, o de la ideología que comenzaba a manifestarse por estas latitudes, hacer valer la soberanía de los pueblos, aunque  estos muchas veces no estén enterados. 

Artigas y sus colaboradores, muchos o pocos, nos legaron que “la soberanía particular de los pueblos” es un derecho que hay que defender.

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