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Reseña de la Reunión Cumbre del Mercosur
realizada en Montevideo
los días 15 y 16 de
diciembre
por la Lic. Ana M. Pastorino

La XXV Reunión Ordinaria
del Consejo del Mercado Común (CMC) y la Cumbre de Presidentes del
MERCOSUR, realizada en Montevideo al finalizar la primera quincena de
diciembre de 2003, produjo resultados diversos.
Antes de iniciar la reseña de los principales aspectos tratados (1), se
indicarán algunas características que presentó la reunión. A la
presencia de los Presidentes de los Estados asociados al MERCOSUR
–Bolivia (2) y Chile-, se sumó en esta oportunidad, la del Enviado
Especial del gobierno peruano, Embajador Allan Wagner. La misma obedece
a la incorporación de la República del Perú, como tercer Estado asociado
al proceso de integración regional.
Asimismo, estuvieron presentes en la ocasión, representantes de primer
nivel de los gobiernos de Angola–Primer Ministro Fernando da Piedade
Dias dos Santos- y de la Federación de Rusia –Ministro de Relaciones
Exteriores Igor Ivanov-.
Por su parte, la Unión Europea se incorporó a través del Comisario de
Comercio de la Comisión Europea, Pascal Lamy. También estuvieron
presentes los Presidentes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y
de la Corporación Andina de Fomento (CAF), así como el Secretario
General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
Más allá de los diferentes grados de relacionamiento que, con el
MERCOSUR tienen los países y organismos señalados; cabe destacar la alta
jerarquía de los representantes que se hicieron presentes en la cumbre,
clara muestra de la importancia que el bloque regional ha ido
adquiriendo –y ha mantenido a pesar de las crisis por las que ha
atravesado en los últimos tiempos- en poco más de una década de
existencia.
Unión Aduanera
En la XXV Reunión se adoptó el Protocolo de Contrataciones Públicas del
Mercosur. No obstante, el desarrollo reglamentario del mismo, si bien ya
ha sido consensuado por el Grupo del Mercado Común (GMC), se encuentra
bajo el mecanismo de consulta a los órganos internos de los Estados
Parte, establecido por la Decisión N° 20/02. El Protocolo será
instrumentado por sucesivas instancias negociadoras.
En materia de liberalización de servicios, se dio por concluida la IV
Ronda de Negociación. Las sucesivas rondas de negociación, han venido
desarrollándose, a pesar de la falta de vigencia (3) del marco jurídico
que las sustenta. Incluso, se ha avanzado en la implementación efectiva
de sus resultados (4). En su LII Reunión, el GMC (5) elevó al Consejo
los siguientes proyectos de Decisión: N° 4/03 “ IV Ronda de Negociación
de Compromisos Específicos en Materia de Servicios”, N° 6/03 “Mecanismo
para el Ejercicio Profesional Temporario” y N° 7/03 “Visa MERCOSUR”
Otro resultado de la reunión, fue la adopción de medidas que contemplan
las asimetrías existentes entre los Estados Parte del proceso, las
cuales benefician a Paraguay y Uruguay. Al respecto cabe señalar la
propuesta que sobre el particular presentara la delegación paraguaya en
la reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores realizada en
Montevideo, el 5 de febrero de 2003 (6).
En lo que respecta a la situación de Uruguay, el Director General para
Asuntos de Integración y MERCOSUR (Ministerio de Relaciones Exteriores),
Gustavo Vaneiro, señaló (7) la importancia que para el país tiene una
extensión del plazo –hasta el 2010- del régimen de Admisión Temporaria.
Otros objetivos alcanzados fueron la reducción del Arancel Externo Común
para la importación de bienes de capital, la ampliación de la lista de
excepciones al mismo, y la no inclusión en el Acuerdo con la Comunidad
Andina, de salvaguardias en materia agrícola.
El CMC aprobó el “Programa de Trabajo 2004-2006”, el cual contiene
“...un conjunto de acciones tendientes a la conformación de la Unión
Aduanera y que fortalece las bases para el logro de los objetivos
establecidos en el Tratado de Asunción” (8).
Estados Asociados
A los ya existentes acuerdos de asociación del MERCOSUR con Bolivia y
Chile, se suma en esta oportunidad la solicitud de la República del Perú
–aprobada por la Decisión N° 39/03- para sumarse al bloque regional en
calidad de Estado Asociado. Para ello, Perú expresó su adhesión al
compromiso democrático establecido en el Protocolo de Ushuaia de 1998.
El Consejo del Mercado Común, en sesión con los Ministros de Relaciones
Exteriores y Ministros de Economía de los países asociados, señaló los
avances registrados en la implementación de los Acuerdos de
Complementación Económica que los vinculan con el bloque regional.
Con respecto a otras dimensiones del relacionamiento, se destacaron los
trabajos realizados en materia -entre otras- de salud, derechos humanos,
cooperación judicial y seguridad. Asimismo, se puso de manifiesto la
necesidad de vigorizar el Foro de Consulta y Concertación Política, que
coordina las posiciones del bloque ampliado, en los temas más relevantes
de la agenda regional e internacional.
En la sesión ampliada del Consejo se adoptó una Declaración Conjunta con
el Ministro de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia, con el
objetivo de establecer un “Mecanismo de Diálogo Político y Cooperación”.
Aspectos institucionales
En cuanto al desarrollo de la estructura institucional, cabe destacar la
imposición en el cargo de Presidente de la Comisión de Representantes
Permanentes del MERCOSUR, a Eduardo Duhalde.
La Comisión fue creada en la IV Reunión Extraordinaria del CMC (9) -
mediante Decisión N° 11/03 – como órgano dependiente del Consejo, con
funciones de asesoramiento. Además del Presidente, la componen
Representantes Permanentes de los Estados parte ante el MERCOSUR.
En la misma ocasión se suscribió el Acuerdo Interinstitucional entre el
Consejo del Mercado Común y la Comisión Parlamentaria Conjunta, con el
objetivo de alcanzar una rápida incorporación de la normativa
Mercosuriana que requiera de la intervención legislativa, a la vez que
establece un mecanismo de control previo, por parte del órgano de
representación parlamentaria, sobre las Decisiones a adoptar por el
Consejo.
El “Comunicado Conjunto de los Presidentes de los Estados Partes del
MERCOSUR” –p.19-, destaca la relevancia que tal acuerdo tiene para la
instalación de un Parlamento regional. Al respecto, el GMC, en su
reunión de diciembre (10), dio instrucciones al SGT N° 2 “Aspectos
Institucionales”, para instrumentar su funcionamiento.
El mandato incluye la consulta a la Comisión Parlamentaria Conjunta y al
Sector de Asesoría Técnica (SAT) (11) de la Secretaría del MERCOSUR
(SM). A pesar de que el requerimiento de la opinión de ambos órganos se
encuentre establecido en el mismo párrafo, el alcance jurídico del
mismo, es sustancialmente diferente.
En el caso de la consulta al SAT, se trata de que el SGT N° 2 disponga
de otras opiniones técnicas sobre la cuestión. Por el contrario, la
necesidad de obtener la opinión de la CPC, tiene un fundamento
diferente. Se trata de la institución que opera como contraparte del
Consejo del Mercado Común, en el acuerdo a instrumentar. De ahí la
necesidad, y más allá de los aspectos operacionales internos de las
instituciones implicadas, de crear una instancia de consulta entre la
Comisión y el Consejo, a efectos de alcanzar un mecanismo, que a la vez
que ágil y eficiente, respete la jerarquía y los tiempos, propios de
cada una de las partes en el acuerdo.
Otra cuestión relevante es la adopción de las disposiciones
reglamentarias (Proyecto de Decisión N° 17/03 elevado al CMC por el GMC)
prevista en el artículo 47 del Protocolo de Olivos para la Solución de
Controversias en el MERCOSUR (PO). El Reglamento aprobado constituye un
importante desarrollo jurídico del convenio que instrumenta, debido a la
no implementación de cuestiones sustantivas en el texto del PO (12).
Asimismo, el establecimiento del Tribunal Permanente de Revisión
previsto en el Protocolo de Olivos requiere de la presentación de listas
-con la designación de árbitros y expertos- de los Estados Parte.
Relacionamiento externo
Dentro de los resultados de la Cumbre en materia de relaciones externas,
destaca la suscripción del Acuerdo de Libre Comercio con la Comunidad
Andina, cuya viabilidad había sido puesta en duda hasta pocos días antes
de la Cumbre.
El proceso de negociación quedó establecido por el Acuerdo Marco entre
la Comunidad Andina y el MERCOSUR, de 16 de abril de 1998. Luego de
numerosas postergaciones, el Acuerdo de Complementación Económica N° 56
celebrado el 6 de diciembre de 2002, fijó como fecha de finalización de
las negociaciones para la conformación de un área de libre comercio, el
31 de diciembre de 2003.
Finalmente, el 16 de diciembre de 2003, se alcanzó el Acuerdo de
Complementación Económica suscrito entre los Estados Partes del MERCOSUR
y los Países Miembros de la Comunidad Andina (13), cuya entrada en vigor
se encuentra prevista para el 1° de julio de 2004. No obstante, el mismo
permite su aplicación provisional. En el marco del mismo ya se fijó una
ronda de negociación, a efectos de resolver temas pendientes. La misma
comenzará en febrero próximo, en la ciudad de Lima, sede de la
Secretaría General de la Comunidad Andina.
Respecto a las negociaciones con la Unión Europea, se acentuó la
necesidad de avanzar en la consecución del programa establecido en
ocasión de la Reunión Ministerial realizada en Bruselas, en el mes de
noviembre del corriente año. En el ámbito del Área de Libre Comercio de
las Américas, los Estados parte del MERCOSUR, manifestaron la voluntad
de continuar actuando en forma conjunta.
Asimismo, se señaló la importancia que para el bloque regional tienen
todas las instancias de relacionamiento con los diferentes actores. En
particular, los presidentes del MERCOSUR valoraron positivamente, la
realización de la I Reunión Técnica de Negociación (14) con la Unión
aduanera del África Meridional (SACU), con el objetivo de establecer un
programa de trabajo que permita alcanzar un acuerdo comercial entre los
bloques.
A medida que se hagan públicos los distintos documentos aprobados en la
Cumbre y se pongan en marcha algunos mecanismos previstos, los temas
aquí señalados serán analizados en sucesivos artículos.
(1) La misma se
basará en la documentación que al día de hoy se encuentra
disponible en la página oficial del MERCOSUR (Comunicados,
Declaraciones y Actas). De acuerdo a señalado en el documento
MERCOSUR/CMC/ACTA N° 02/03 – “Add 1”-, el Consejo aprobó la
Decisiones N° 16/03 a N° 41/03. Asimismo, para el abordaje
puntual de ciertos temas, se tomarán en cuenta decisiones
orgánicas adoptadas en anteriores reuniones.
(2) A partir de una decisión adoptada por el CMC, Bolivia
comenzará a participar de distintas instancias orgánicas del
MERCOSUR, tal como ya lo viene haciendo Chile.
(3) El Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios
del MERCOSUR, suscrito en el año 1997, no se encuentra en vigor,
por no haberse completado los requisitos de incorporación en los
órdenes jurídicos de los Estados Parte.
(4) Así, la Decisión N° 56/00, aprobatoria de la segunda ronda,
establece en su artículo 3, el mandato –a los Estados Parte- de
incorporarla en los sistemas jurídicos nacionales, de acuerdo a
los mecanismos en ellos establecidos. Para mayor abundamiento,
cabe señalar que la lista de compromisos específicos adoptada,
que figura en el Anexo de la referida decisión, y que forman
parte de la misma (artículo 2), se constituye –materialmente- en
el objeto de la incorporación.
(5) Realizada entre el 8 y el 10 de diciembre de 2003.
(6) MERCOSUR/XXIV CMC/DT Nº 01/03 “Tratamiento de las asimetrías
en el MERCOSUR. Propuesta del Paraguay.
(7) En entrevista realizada –17/12/03- por Emiliano Cotelo,
Programa “En Perspectiva” de Radio El Espectador. Pág. WEB:
www.espectador.com.uy
(8) Comunicado Conjunto de los Presidentes de los Estados Partes
del MERCOSUR, p.11.
(9) Celebrada en la ciudad de Montevideo el 6 de octubre de
2003.
(10) MERCOSUR/GMC/ACTA N° 04/03, p.2.3.1.
(11) La designación de los primeros consultores técnicos –a
partir de un concurso abierto- se realizó mediante la Decisión
N° 13/03. El SAT fue creado en el marco de la trasformación de
la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría
Técnica – Decisión N° 30/02-.
(12) Véase al respecto el artículo MERCOSUR: Apuntes sobre
algunos temas institucionales, La Onda Digital N° 161-11/11/03-
17/11/03-
(13) El texto del Acuerdo se encuentra ya disponible en la Pág.
Web de la Comunidad Andina:
www.comunidadandina.org/
(14) Celebrada en Montevideo el 9 de octubre de 2003. LA
ONDA®
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