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Papeleras: las implicancias
El fallo previene por los modos en que actuó la administración argentina ante el conflicto con los asambleístas que cortaron los puentes binacionales por más de 70 días y alerta que una profundización de estas políticas alentará la inseguridad jurídica en la región.
Sin embargo, se limita a señalar los efectos de la acción del Gobierno sobre los compromisos del Estado en el nivel internacional y explicita que no hubo intencionalidad de las autoridades argentinas de perjudicar al vecino país, ya que actuaron de la misma manera en otros conflictos en rutas internas.
Por unanimidad, concluyó, entre otros conceptos: · Que "la ausencia de las debidas diligencias" que la Argentina "debió haber adoptado para prevenir, ordenar o, en su caso corregir los cortes de las rutas (...) no es compatible con el compromiso asumido por los Estados Partes en el tratado fundacional del MERCOSUR de garantizar la libre circulación de bienes y servicios entre los territorios de sus países". · Y que "no resulta procedente en derecho" que el tribunal "adopte o promueva determinaciones sobre conductas futuras" de la Argentina.
Ambas partes, a la usanza de un análisis futbolero, se adjudicaron victorias. El último punto fue interpretado como un triunfo en la administración argentina.
A su vez el canciller uruguayo fue el encargado de expresar aquí la satisfacción de su país. "El fallo es categórico: dice que se violó lo dispuesto en el tratado de Asunción", señaló . "Tiene poder de naturaleza moral y política. Dice que esto (por el manejo del Gobierno argentino ante los cortes) estuvo mal hecho, y si estuvo mal hecho antes lo va a estar después. La cancillería argentina además de señalar con entusiasmo que la resolución rechazó castigos sobre conductas futuras de la Argentina, se resaltaba el hecho de que el tribunal no dispuso "condena alguna" al país y mencionó la "buena fe" del Gobierno ante los cortes. Se refería a un párrafo del fallo que sostiene: "Este tribunal concluye que no ha habido en el gobierno argentino intencionalidad discriminatoria para perjudicar el tráfico comercial con Uruguay. La buena fe debe presumirse y de la prueba acompañada no se desprende que el gobierno haya promovido o alentado la actitud asumida por los vecinos".
Qué implica este fallo? Desde el punto de vista fáctico, muy poco. Desde el costado de análisis del conflicto bilateral, casi nada. Está todo como entonces.
No obstante, este pronunciamiento regional arroja elementos de reflexión, válidos para alumbrar la coyuntura institucional por la que está atravesando la Argentina.
El punto 178 de las conclusiones, por caso, rechaza de plano el argumento esgrimido por las autoridades argentinas para no interrumpir los cortes de las rutas priorizando el derecho humano de libre expresión por sobre el de libre circulación. "Tanto la Constitución de la Nación Argentina como los propios Tratados Internacionales invocados reconocen que esos derechos no son absolutos", dice.
Ya en otras oportunidades nos hemos referido al despropósito que supuso haber esgrimido este argumento por parte del gobierno argentino: implicaba lisa y llanamente darle status jurídico y legalidad a los piquetes y cortes de rutas y puentes que transformaron el territorio argentino en un caótico camino plagado de sorpresas, todas por supuesto desagradables. Ya en el plano interno, esa expresión convalidatoria de la cancillería mereció el rechazo de numerosos sectores, organizaciones y juristas que vieron en esa postura la legitimación en la letra de la inacción del Gobierno argentino frente a los atropellos y la violencia. Afortunadamente, el tribunal, aún con el voto del árbitro argentino, rechazó el brulote jurídico.
Por otra parte, frente al reclamo económico del Uruguay, el punto 189 pone un freno: "Las normas del MERCOSUR no obligan a una parte incumplidora a reparar el eventual daño causado por su medida ilícita". Este párrafo no supone un juicio de valor, contrario al Uruguay. Simplemente el tribunal señala que no tiene las herramientas legales, no está previsto en los textos jurídicos, este tipo de situación. Señala que carece de atribuciones obligar a una reparación pecuniaria.
Sin embargo, la sentencia de carácter moral o político, se puede encontrar en el punto 186 donde advierte sobre los riesgos de profundizar las políticas del Gobierno respecto de las protestas con cortes de rutas binacionales: "Legitimar cortes de ruta implicaría despojar al Tratado de Asunción de una parte esencial de su razón de ser y alentar la reiteración de estos hechos (...), creando un estado de imprevisibilidad que desembocará en inseguridad jurídica y sentando un precedente contraproducente para el desarrollo futuro del MERCOSUR".
Una vez más la seguridad, o inseguridad mejor dicho, jurídica, que campea en la Argentina, esta vez advertida por una instancia supranacional. Según el tribunal, cuando se produjeron los cortes, el gobierno argentino debió actuar con mayor rapidez y su fallo contiene una advertencia: en caso de reiteración deberá prevenirlos, ordenarlos o corregirlos. Restringirlos, en definitiva.
A su vez señala que, en el MERCOSUR, (como en la Argentina), la libertad de expresión no debería consentir cortar una ruta o un puente si un grupo de personas discrepa con tal o cual cosa, pero tampoco está en sus atribuciones condenar esa posibilidad.
Lo que no dice el fallo, y si quien esto suscribe, es que el Gobierno Argentino, en uso de sus atribuciones ( entendidas como derecho y también como obligación) en todos los casos que se produce una lesión al derecho constitucional de transitar libremente, sea en pasos o rutas nacionales o internacionales, debe arbitrar todos los medios que le otorga la ley para evitar que algún grupo o sector, sea cual fuere la razón esgrimida, ejerciendo simplemente la fuerza o la violencia, impida a la ciudadanía pacífica ejercer su derecho a la libre circulación. Cosa que hasta ahora el gobierno ha observado pasivamente sin actuar. En lo práctico, con el fallo no ha pasado nada.
En lo moral y/o político está clara una reconvención para la pasividad del Gobierno argentino por los cortes.
Mientras tanto, los asambleístas definirán próximamente una campaña de promoción que llamará a los argentinos a no veranear en Uruguay. El tema central que se debatirá sintetiza la continuidad de la lucha contra las pasteras, justo cuando algunos vecinos empezaban a reprochar cierta quietud.
Un afiche será motivo de debate, y el espíritu fue resumido en una frase: no veranee en Uruguay. "La decisión está tomada. La Asamblea hará campañas para que los argentinos no pasen sus vacaciones en Uruguay este verano. Están en su derecho, y si lo hacen dentro de los límites legales, poco se les puede reprochar. No obstante, alguno de los integrantes de la Asamblea, convocó ayer a "volver a Arroyo Verde [el paraje de las interrupciones del tránsito internacional]; es el lugar de esta lucha y nos representa a todos
Sería muy negativo. Pero peor habría de ser que, si se adoptara este criterio, las autoridades argentinas se quedaran cruzadas de brazos, lo cual, lamentablemente, es lo más probable que ocurra.
* Economista. Su último libro: Dos años en la era K. Editorial Planeta. Buenos Aires. 2005. LA ONDA® DIGITAL |
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