|
Derivaciones en distintas frecuencias
de la modalidad de adhesión
de Venezuela al Mercosur
por el profesor Lincoln
Bizzozero Revelez*
1.-
La adhesión y los temas de la agenda regional
La suscripción del
Protocolo de Adhesión de Venezuela al MERCOSUR
generó repercusiones de diversa índole en el
continente. La mayoría de los análisis se concentró
en aspectos vinculados a la evolución coyuntural, a
partir de las relaciones bilaterales entre Estados
Unidos y Venezuela y su impacto en la región y
también al papel que podría tener Venezuela en tanto
impulsor del proceso regional frente a las
insuficiencias de liderazgo de Brasil. Otros
análisis visualizaron la consolidación del bloque
regional en América del Sur, tanto en términos
geográfico-espaciales, como en población y en
recursos económicos, naturales y humanos. En esa
dirección, desde una perspectiva geopolítica la
adhesión de Venezuela potencia al MERCOSUR en su
área de influencia y sus connotaciones, ya que pasa
de ser un bloque exclusivamente atlántico y sur de
América del Sur a tener una proyección caribeña y
norte del continente, con los cuatro mil kilómetros
de costas que tiene el territorio venezolano.
Los análisis sobre la
evolución del escenario político regional a partir
de la incorporación de Venezuela, si bien son en su
mayoría coyunturales, no dejan de plantear temas
sensibles con vistas al futuro inmediato, como lo
son las relaciones externas, en los distintos
ámbitos de referencia. En especial esa evolución
cuenta en el ámbito multilateral de la OMC, en el
continental de las relaciones con Estados Unidos, el
bi-regional con la Unión Europea. Además, la
adhesión de Venezuela coadyuva a plantear distintos
temas que se encuentran en la agenda regional e
incluir otros que resultan necesarios para
profundizar el debate sobre la orientación del
bloque regional del MERCOSUR y sobre los contenidos
del mismo. Este debate se está expresando ya de
diversas formas y atañe a las relaciones entre los
socios del bloque regional, a temas vinculados a los
recursos naturales, a asuntos referidos a la
biodiversidad, el desarrollo sostenible y los
derechos humanos.
Algunos de los temas
planteados atañen a los aspectos
jurídico-institucionales y se remiten a distintos
asuntos sensibles sobre los principios de
funcionamiento entre los socios, la toma de
decisiones, la articulación regional-nacional, la
incorporación de normas, entre otros puntos. Desde
esta perspectiva analítica, el ingreso de Venezuela
planteó también un desafío regional ya que
constituye la primera experiencia de adhesión al
bloque regional del MERCOSUR. Por ende, la modalidad
del ingreso de Venezuela es un punto referencia para
otras adhesiones que se puedan dar posteriormente en
el bloque regional y además posibilita testar el
modelo de adhesión que se siguió en el proceso de
integración regional del MERCOSUR.
El punto a considerar
resulta de una extrema importancia y sensibilidad en
cuanto a que el proceso de adhesión define las
reglas de juego entre el bloque regional y el país
que se adhiere. El Protocolo de Adhesión de
Venezuela al MERCOSUR planteó como requisito para la
incorporación con todos los derechos y obligaciones
al bloque regional, la adhesión a los Tratados de
Asunción, Ouro Preto y Protocolo de Olivos para la
Solución de Controversias en el MERCOSUR. A su vez,
creó un Grupo de Trabajo con representantes de las
Partes con diversos cometidos entre los que se
incluyen el establecer un cronograma para la
adopción en forma gradual del acervo normativo
vigente del MERCOSUR y determinar un cronograma para
la Adopción del Arancel Externo Común (AEC),
contemplando las eventuales excepciones al mismo de
acuerdo con las normas pertinentes del MERCOSUR a
más tardar cuatro años contados a partir de la
entrada en vigencia del instrumento de adhesión.
2.- La modalidad de
adhesión: etapas, transiciones y cronogramas
La modalidad de
ampliación que asumió el MERCOSUR resulta una
innovación en relación al proceso de ampliación del
bloque europeo, en que el proceso de adhesión cubre
un periplo más extenso que se completa con la firma
del Tratado de Adhesión. La modalidad que planteó el
bloque regional del MERCOSUR tiene algunas
características específicas que es dable señalar. La
primera atañe a la importancia política que se le
asigna a la adhesión de Venezuela, ya que, además de
los requisitos de adhesión a los Tratados señalados,
el país deviene Estado Parte una vez que se deposite
el quinto instrumento de ratificación. La prioridad
del factor político proviene del hecho que Venezuela
podrá ser miembro del bloque regional una vez que se
apruebe el Protocolo de Adhesión por los Parlamentos
de los cinco países, antes de que se cumpla con la
incorporación del acervo normativo vigente del
MECOSUR y con la adopción del Arancel Externo Común.
Esta originalidad
plantea tres instancias en lo que concierne los
derechos y deberes que surgen de la adhesión de
Venezuela al MERCOSUR, que se acompaña de tres
etapas de transición.
-
La primera instancia que es la
actual, comenzó con la suscripción del Protocolo
de Adhesión por parte de los cinco Estados y se
mantendrá hasta el trigésimo día posterior al
depósito del quinto instrumento de ratificación.
En esa fase, la República Bolivariana de
Venezuela integrará la delegación del MERCOSUR
en las negociaciones con terceros, el Foro de
Consulta y Concertación Política, así como se
irá incorporando en los ámbitos e instancias de
la estructura institucional del bloque por
solicitud o por invitación del órgano
correspondiente con la anuencia de los cuatro
Estados-Parte. Durante esta etapa de transición,
Venezuela tendrá una categoría especial en tanto
Estado Asociado plus, con la posibilidad de
participar en las negociaciones con terceros.
-
La segunda instancia comenzará
con la entrada en vigencia del Protocolo de
Adhesión, al trigésimo día luego del depósito
del quinto instrumento de ratificación. En esa
fase Venezuela adquirirá la condición de Estado
Parte y participará con todos los derechos y
obligaciones en el MERCOSUR, de conformidad con
el artículo 2 del Tratado de Asunción y los
términos del Protocolo de Adhesión. Venezuela
tendrá el estatuto de Estado Parte, pero no
tendrá la normativa regional incorporada ni
tampoco adoptado el Arancel Externo Común.
Durante esta etapa de transición que tendrá una
duración de cuatro años, Venezuela comenzará a
incorporar el acervo normativo vigente del
MERCOSUR y adoptará la Nomenclatura Común del
MERCOSUR y el Arancel Externo Común. Este
proceso de transición será el más delicado desde
el punto de vista de la consolidación jurídica
de la normativa regional. Probablemente derivará
en un seguimiento y negociación permanente sobre
la incorporación de la normativa y también sobre
la adopción del AEC y de las excepciones que se
vayan estableciendo.
-
La tercera instancia aparejará la
adopción del acervo normativo vigente en forma
gradual, a más tardar cuatro años contados a
partir de la fecha de entrada en vigencia del
Protocolo de Adhesión. En esta tercera etapa de
transición, que se iniciará conjuntamente con la
anterior, Venezuela implementará un Programa de
Liberalización Comercial con cronogramas
definidos con cada uno de los cuatro Estados
Partes. Este proceso de transición estará
caracterizado por un seguimiento desde
instancias bilaterales de comercio de Venezuela
con cada uno de los Estados Parte del MERCOSUR
para supervisar el cumplimiento del cronograma
para la liberalización del comercio.
Los cronogramas que
dan contenido operativo a esas fases y etapas serán
definidos por el Grupo de Trabajo creado entre
Partes, que concretará los mismos de acuerdo a
determinados principios planteados (gradualidad,
flexibilidad, y equilibrio, reconocimiento de las
asimetrías y del tratamiento diferencial, así como
los principios de seguridad alimentaria, medios de
subsistencia y desarrollo rural integral).
3.- Hacia un
funcionamiento a distintas velocidades en el proceso
regional?
De la relación entre
el estatuto de Venezuela y las distintas instancias
con sus respectivos compromisos surge que se definió
como prioritaria la incorporación de Venezuela como
Estado Parte, sin contemplar el necesario período de
transición que implicaría la incorporación del
acervo integracionista esencial.
Esta aceleración
sobre la base de prioridades políticas del proceso
regional apareja derivaciones en las fases
siguientes de la adhesión de Venezuela. Al tener
estatuto de Estado Parte sin la normativa regional
incorporada, pueden generarse diversas situaciones
de inestabilidad institucional y de fragilidad
normativa, ya que se podría producir el
cuestionamiento en el Grupo de Trabajo o bien la no
incorporación de alguna norma esencial del acervo
normativo, teniendo Venezuela como Estado Parte voz
y voto en los órganos de decisión. Aun cuando no
necesariamente se llegue a una situación límite, la
fragilidad institucional y normativa de esta
situación resulta evidente. De esta manera, es
factible que la fase de transición de cuatro años
constituya una prueba fundamental para evaluar las
capacidades del bloque y sobre todo el potencial de
renovación con la inclusión de un socio externo con
una tradición regional diferente de sus socios,
funcionamiento operativo, capacidades
institucionales y dinámica normativa de
incorporación y aplicación de la misma.
La adhesión de
Venezuela plantea varios interrogantes derivados de
la original modalidad que adoptó el bloque regional
al priorizar el ingreso y dejar para una posterior
etapa la incorporación del acervo normativo vigente.
Desde una perspectiva funcional, ateniéndose al
desarrollo del proceso, el ingreso de Venezuela
aparejará modificaciones en las bases de
funcionamiento del bloque y con ello se planteará
una nueva dinámica institucional y de definición
de temas de la agenda regional.
La fragilidad de esta
modalidad de adhesión ya está teniendo repercusiones
en el ámbito de la high politics regional, como
parece sugerir la no comparecencia del Presidente de
Venezuela a la Cumbre del MERCOSUR. Esto podría
derivar en un funcionamiento del bloque regional con
distintos núcleos y velocidades para cada uno de
esos distintos núcleos. De hecho, eso es lo que se
está dando en la articulación de distintos espacios
como el sudamericano y de diferentes escenarios de
negociación temática y sectorial. Finalmente, lo que
importa es cómo se van concretando los avances en
materia regional y los contenidos que tienen dichos
avances en términos del desarrollo y el bienestar de
las poblaciones. Es en ese contexto que debe
visualizarse el potencial de posibilidades que
aparejará el ingreso de un quinto miembro en la
estructura institucional y de toma de decisiones y
en las definiciones de la agenda regional. Y en ese
sentido, si bien ese potencial resulta relevante,
también lo es el hecho de que la credibilidad del
proceso regional se asienta en los cuatro países que
iniciaron el mismo y que constituyen su núcleo duro.
*
Este artículo se basa fundamentalmente en la
contribución que hiciera en el libro de M. Monserrat
LlairóJ. Briceño RuizL. Bizzozero (2006) Venezuela
en el MERCOSUR. Tres miradas, tres interpretaciones
CEINLADI FCE, Buenos Aires y en el artículo La
modalidad de adhesión de Venezuela al MERCOSUR. De
la definición política a la incertidumbre jurídica
Revista Investigación nº 14, Universidad de los
Andes, Venezuela, julio diciembre 2006
LA
ONDA®
DIGITAL |
|