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La OIT ampara los derechos de los
trabajadores con VIH/SIDA
Compilación de María D’ Malva
Documento Nº 1
Documento Nº 2
La Organización Internacional del
Trabajo (OIT) aprobó por mayoría la primera norma
internacional para combatir la discriminación de los
enfermos de VIH/sida
en el lugar de trabajo.
La recomendación, no vinculante,
insta a los países a crear programas de prevención
del sida en las empresas y a ayudar a los
trabajadores infectados a ser productivos durante
el mayor tiempo posible.
"Con la recomendación podemos
garantizar la confianza en la seguridad laboral y en
el acceso al tratamiento --dijo Sophia Kisting,
directora del programa de la OIT para el VIH y el
sida en el mundo del trabajo--. Queremos eliminar el
silencio y la vergüenza en torno de esto y hacer
saber a la gente que no perderá su trabajo y no será
marginada",
aseguró a los periodistas.
Ahora los 183 estados miembros de la
agencia de la ONU, deberán decidir cómo integran el
principio internacional
a sus políticas y legislaciones
nacionales.
Representantes de
gobiernos, empleadores y trabajadores reunidos en la
conferencia anual de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) adoptaron hoy una nueva norma
internacional del trabajo sobre VIH y SIDA, que
constituye el primer instrumento internacional de
derechos humanos dedicado específicamente a este
tema en el mundo del trabajo.
La nueva norma fue
adoptada por los delegados a la Conferencia
Internacional del Trabajo después de dos años de
debate intenso y constructivo, con una votación de
439 a 4, con 11 abstenciones.
La iniciativa es el
primer instrumento aprobado a nivel internacional
destinado a reforzar la contribución del mundo del
trabajo al acceso universal a la prevención,
tratamiento, cura y apoyo frente al VIH.
Contiene
disposiciones sobre programas de prevención que
podrían salvar la vida de personas y sobre medidas
anti-discriminatorias a nivel nacional y del lugar
del trabajo. Destaca además la importancia del
empleo y de las actividades generadoras de ingresos
para los trabajadores y las personas que viven con
VIH, en particular a efectos de la continuidad del
tratamiento.
La Conferencia adoptó
además una resolución sobre su promoción e
implementación que invita al Consejo de
Administración de la OIT a asignar mayores recursos
para la aplicación de la nueva norma, y además pide
un Plan de Acción Mundial para promover su
aplicación y la presentación de informes periódicos
por parte de los estados miembros de la OIT.
La Dra. Sophia
Kisting, Directora del Programa del Programa sobre
VIH y SIDA y el mundo del trabajo de la OIT, dijo
que “con este nuevo instrumento de derechos humanos
podemos aprovechar la fuerza del mundo del trabajo y
potenciar las intervenciones en el lugar de trabajo
para mejorar de manera significativa el acceso a la
prevención, tratamiento, cuidado y apoyo. Creo que
esta norma será una contribución fundamental para
hacer realidad el sueño de una generación libre de
SIDA”.
La Sra. Thembi Nene-Shezi
(Sudáfrica) quien presidió las discusiones sobre la
norma en la Comisión sobre VIH y SIDA, dijo que
“tenemos un instrumento que debería ser motivo de
orgullo para la OIT y sus mandantes. Sin embargo, no
hay tiempo que perder. Debemos avanzar y promover la
norma. El compromiso de quienes le dieron vida –
gobiernos, empleadores y trabajadores – será
fundamental para el desarrollo de políticas en el
lugar de trabajo a nivel nacional cimentadas en los
derechos humanos y orientadas a superar la
discriminación”.
El vicepresidente
empleador de la Comisión sobre VIH y SIDA, Patrick
Obath (Kenya), dijo: “la norma es para todos y
refuerza la lucha contra el VIH y SIDA. Lo más
importante ahora es implementar políticas en el
lugar de trabajo a nivel nacional que apoyen lo que
algunos empleadores ya están haciendo y que al nivel
nacional se fortalezca la acción”.
El vicepresidente
trabajador de la Comisión sobre VIH y SIDA, Jan
Sithole (Swazilandia), dijo: “estamos orgullosos de
tener en nuestras manos un instrumento sin
precedentes para abordar el VIH y SIDA en el lugar
de trabajo. Mientras no exista una cura, la única
posibilidad que tenemos es utilizar el contenido de
este instrumento en todos los niveles de la
sociedad”.
La nueva norma
reviste la forma de una Recomendación, una de las
dos clases de normas de trabajo que la OIT puede
adoptar. Aunque se diferencia de un Convenio en que
no necesita ratificación, bajo el artículo 19 de la
Constitución de la OIT una recomendación debe ser
comunicada al parlamento nacional y deben ser
discutidos los términos de su implementación a
través de las políticas y la legislación nacional.
Esta Recomendación complementa el Repertorio de
recomendaciones prácticas sobre VIH/SIDA y el mundo
del trabajo de la OIT adoptado en 2001.
Como es el caso de la
mayoría de las normas de la OIT, su contenido estuvo
sujeto a dos ciclos de discusiones en la Conferencia
de la OIT en 2009 y 2010. Durante las discusiones de
este año el texto preliminar fue objeto de enmiendas
que fortalecieron sus disposiciones en las áreas de
igualdad de género, salud reproductiva y derechos,
protección social, seguridad y salud en el trabajo,
y medidas para atender los grupos vulnerables y
marginalizados como los trabajadores migrantes o en
tránsito. Abarca además a las fuerzas armadas y los
servicios uniformados.
“La Recomendación no
sólo será un instrumento importante para guiar el
trabajo de la OIT y de sus mandantes, además
mejorará la coordinación de la comunidad
internacional en torno al SIDA. Con disposiciones
firmes sobre protección y seguridad social, la
Recomendación consolidará la labor de la OIT en
apoyo de las diez áreas prioritarias de ONUSIDA”,
agregó la Dra. Kisting.
El instrumento final
se basa en los siguientes principios:
La respuesta al VIH y
SIDA debería ser reconocida como una contribución a
los derechos humanos y 8libertades fundamentales
para todos, incluyendo a los trabajadores, sus
familias y las personas a su cargo.
El VIH/SIDA debería
reconocerse y tratarse como una cuestión que afecta
el lugar de trabajo, y debería incluirse entre los
elementos esenciales de la respuesta nacional,
regional e internacional a la pandemia con la plena
participación de las organizaciones de empleadores y
de trabajadores.
No debería haber
discriminación o estigmatización contra los
trabajadores, en particular contra los que buscan o
solicitan empleo, basada en su estado, real o
supuesto, en relación al VIH, o basada en su
pertenencia a grupos de la población expuestos a un
mayor riesgo de infección por el VIH o más
vulnerables a ella.
la prevención de
todos los medios de transmisión del VIH debería ser
una prioridad fundamental.
Los trabajadores, sus
familias y las personas a su cargo deberían tener
acceso y beneficiarse de los servicios de
prevención, tratamiento, atención y apoyo en
relación con el VIH y SIDA, y el lugar de trabajo
debería desempeñar una función facilitando el acceso
a esos servicios.
La participación y
colaboración de los trabajadores en la elaboración,
implementación y evaluación de los programas
nacionales y en el lugar de trabajo deberían ser
reconocidas y afianzadas.
los trabajadores
deberían beneficiarse de programas destinados a
prevenir riesgos específicos de transmisión del VIH
relacionados con el trabajo y de otras enfermedades
transmisibles asociadas, como la tuberculosis.
Los trabajadores, sus
familias y las personas a su cargo deberían gozar de
la protección de su vida privada, incluida la
confidencialidad en relación con el VIH/SIDA, en
particular en lo que se refiere a su propio estado
respecto del VIH.
No debería exigirse a
ningún trabajador que se someta a una prueba de
detección del VIH ni que se revele su estado en
relación al VIH;
las medidas para
abordar el VIH y SIDA en el mundo del trabajo
deberían formar parte de las políticas y los
programas nacionales de desarrollo, incluidos los
relacionados con el trabajo, la educación, la
protección social y la salud.
La protección de los
trabajadores que realizan trabajos particularmente
expuestos al riesgo de transmisión del VIH.
La norma propuesta ya
obtuvo el apoyo de ONUSIDA y la OMS durante las
discusiones de la CIT.
Fuente:OIT
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