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“Uruguay 2005-2009:
las políticas laborales
y el sujeto sindical”
por Luis
Senatore y Gustavo Méndez*
Informe completo con
graficos en formato pdf
En el presente trabajo se analizan los cambios
institucionales en materia de política laboral
realizados por el primer gobierno del Frente Amplio
(FA). El análisis se centra en la comparación de los
períodos 1992-2004 y 2005-2009, haciendo hincapié en
los cambios operados en la acción estatal y en el
movimiento sindical. Si bien el trabajo reviste
un carácter principalmente descriptivo, se
analizan los cambios de acuerdo a un esquema
analítico de tradiciones históricas
de las relaciones laborales.
En
el presente trabajo se analizan los cambios
institucionales en materia de política laboral
realizados por el gobierno del Frente Amplio (FA).
El análisis se centra en la comparación de los
períodos 1992-2004 y 2005-2009. Si bien el trabajo
reviste un carácter principalmente descriptivo, se
analizan los cambios de acuerdo a un esquema
analítico de tradiciones históricas de las
relaciones laborales.
Para
ello, en primer lugar se presenta brevemente el
marco de referencia analítico sobre las
tradiciones históricas de relaciones laborales.
Seguidamente se repasa el modelo de relaciones
laborales vigente durante 1992-2004. Luego se
detallan los cambios implementados por el
Frente Amplio.
A
continuación se presenta una descripción de
las rondas de Consejos de Salarios y la
evolución reciente de las principales
variables económico-laborales. Finalmente se exponen
algunas consideraciones a modo de cierre y se
realiza un ejercicio prospectivo acerca del
escenario futuro.
Tradiciones históricas y relaciones laborales
El
autor francés Jaques Freyssinet (2007),
sostiene que los estados europeos heredaron
tradiciones históricas distintas en cuanto a
sus sistemas de relaciones laborales. Se
encuentran rastros de cada una en todos los países
europeos, sin embargo cada país puede vincularse
con una tradición dominante.
El
autor destaca tres tradiciones: voluntarismo, neo-corporatismo
y la del antagonismo de clase. La tradición del
voluntarismo, caracteriza a los países
anglosajones, principalmente Gran Bretaña e Irlanda.
El principio central del voluntarismo significa que
corresponde a la libre decisión de los actores
adoptar o no formas de organización colectiva, y que
son estas organizaciones, cuando existen, las que
deciden su reconocimiento recíproco. El resultado es
una distribución de funciones entre los actores por
la cual la intervención del estado se reduce al
mínimo y sólo se justifica para proteger a
categorías sociales demasiado débiles para
organizarse.
Asimismo, las normas públicas en materia de
empleo resultan de la jurisprudencia de los
tribunales que, en ausencia de una legislación
de trabajo, se basan en los principios generales del
derecho (common law). Finalmente, la negociación
colectiva nace solamente de la
iniciativa de las organizaciones patronales y
sindicales involucradas.
La
tradición del neo-corporatismo, caracteriza a
los países escandinavos y Austria. La hipótesis
central es que la existencia de divergencias de
intereses de clase, no impide practicar a nivel
nacional, acuerdos para maximizar el desempeño
global, mientras se negocia el reparto de los
resultados.
La
realización de estas condiciones supone la
existencia de actores sociales centralizados y
representativos, en particular de un movimiento
sindical unificado. La negociación centralizada
entre actores sociales se acompaña con mecanismos de
concertación con el estado, para todo lo vinculado a
la legislación y a la política económica y social.
En el extremo, el sistema asume un carácter
tripartito, conformado por organizaciones de
trabajadores, empleadores y el estado.
La
tradición del antagonismo de clase, fue
dominante durante mucho tiempo en los países del Sur
de Europa: Portugal, España, Francia, Italia y
Grecia. Traduce la fuerza de las corrientes
marxistas y las influencias anarquistas en el
movimiento obrero, así como en cuatro de estos
cinco países, el recuerdo de regímenes autoritarios
represivos. Una característica principal es la
existencia de una fracción del movimiento sindical
ligada con un partido comunista, que participa en
un proyecto de transformación radical de la
sociedad, orientado hacia el tránsito al
socialismo. Esta lógica afirma un antagonismo
irreductible con el empresariado que, a su vez, es
agresivamente hostil a este sindicalismo.
El
modelo analítico que plantea Freyssinet es una
herramienta útil para analizar las relaciones
laborales en el Uruguay. Este marco de referencia
analítico servirá para caracterizar los rasgos
predominantes de los períodos 1992-2004 y 2005-2009.
Breve
repaso del modelo de relaciones laborales 1992-2004
Las
Reformas de los ‘90
Lo mismo
que en la mayoría de los países latinoamericanos, el
Uruguay experimentó a lo largo de la década
de los noventa los efectos de las reformas
estructurales, promovidas por coaliciones políticas
y sociales internas con el respaldo ideológico y
material de los organismos financieros
internacionales (Godio, 2004). Aún cuando se ha
señalado la peculiar modalidad heterodoxa y
gradualista del reformismo liberal en Uruguay
–por contraposición a la profundidad y ritmo que
habría caracterizado a los procesos de reforma,
entre otros, en Argentina y Brasil- el hecho es que
la economía uruguaya experimentó un verdadero ajuste
estructural que constituyó una segunda fase del
operado en los setenta, en los tiempos de la
dictadura cívico-militar (Moreira, 2001). En el año
2000, la economía estaba más abierta y más
desregulada que en 1990. A su vez la política de
estabilización de precios con ancla cambiaria había
apreciado la moneda nacional en relación a las de
los socios comerciales extra-regionales.
Los
impactos de estos fenómenos sobre la estructura
productiva y ocupacional del país fueron muy
fuertes. Por efecto de la apertura, la desregulación
y la apreciación cambiaria buena parte de la
industria manufacturera doméstica sucumbió frente a
la competencia extranjera; y la competitividad
externa de los transables uruguayos se deterioró.
Al mismo
tiempo, la actividad bancaria, el turismo y el
comercio florecieron alimentando la imagen del “país
de servicios” y del proyecto de “plaza financiera”
con la que buena parte del elenco gobernante soñaba
desde tiempo atrás. En un contexto pautado por la
liquidez financiera internacional, con una tasa de
interés moderada y un esquema de integración
comercial regional con socios que también se
embarcaron en procesos de apertura externa y
estabilización con apreciación cambiaria, la
economía ingresó en una fase de crecimiento que se
sostuvo hasta fines de los noventa.
Al mismo
tiempo, el creciente desempleo generado por la caída
de la actividad en el sector secundario no fue
compensado por la creación de nuevos empleos en el
terciario que se expandía, lo que provocó un aumento
del desempleo. Éste pasó de un promedio de poco
menos de 10% en el quinquenio 1985-1989 a algo más
de 15% en 2001. Asimismo la pobreza que se había
reducido desde 1986, pasando del 46% al 15% en 1993,
se estancó desde entonces en ese nivel. Así fue que
en la segunda década de los noventa el crecimiento
económico convivió con el alza del desempleo y la
mantención del nivel de pobreza. Luego, la crisis
desatada en 1999 llevaría el desempleo y la pobreza
a niveles sorprendentes, del orden de 17%
en 2002 y 31% en 2003 respectivamente.
Impactos
en el Mundo del Trabajo
La
desregulación del mercado laboral y la
flexibilización consecuente de las relaciones
entre empresarios y trabajadores, despojaron a los
sindicatos desde 1991 (año en que, en el marco de la
liberalización, el gobierno suspendió la
convocatoria a los Consejos de Salarios) del ámbito
institucional en el que se negociaban los salarios.
Esta
decisión, así como las políticas efectivamente
implementadas son coincidentes con los criterios
impulsados por algunos organismos internacionales
(BM). Dichos criterios orientaban hacia: la
desregulación de los mercados y en especial el
mercado de trabajo; la adaptabilidad de la
fuerza de trabajo vía flexibilidad laboral;
la limitación y disminución de los privilegios
monopolísticos de los trabajadores del sector formal
(por considerar que las mejoras logradas
fueron a expensas de la inversión y los
consumidores) y las transferencias de ciertos
recursos a los sectores informales mas
desfavorecidos (BM, 1995).
En ese
marco, el Poder Ejecutivo se limitó a
establecer, vía decreto, el salario mínimo
nacional, el salario mínimo del sector doméstico así
como el del sector rural.
Como
excepción, siguió participando en
sectores estratégicos que debían ser resguardados,
ya sea por su impacto en la economía o en la
sociedad. En síntesis, este período se caracterizó,
a excepción de los sectores ya señalados, por la
descentralización y el carácter bilateral de la
negociación colectiva; cuando ésta existía, se
producía a nivel de empresa y no por rama de
actividad.
Desde
entonces el Estado se retiró de la negociación y el
nivel salarial quedó sujeto al libre juego de
las partes, y, en definitiva a la fortaleza
o debilidad de las organizaciones de
trabajadores. Ésta se vio fuertemente afectada por
la convergencia de tres factores: la desaparición
física de numerosas actividades productivas
vinculadas al sector manufacturero orientado al
mercado interno, donde residían buena parte de los
núcleos tradicionales del sindicalismo obrero; la
pasividad de los gobiernos frente a la deliberada
política de desmantelamiento de las organizaciones
sindicales emprendida por las patronales,
especialmente en los sectores en expansión
vinculados al comercio y los servicios en general; y
la propia desregulación del mercado laboral, que al
quitar la institucionalidad de la negociación
colectiva eliminó un ámbito que incentivaba la
acción organizada.
Así fue
que en estos años, el sindicalismo se redujo
cuantitativamente, con una brutal caída de la tasa
de sindicalización que pasó del 35% en 1987 al 15%
en el año 2000. Este descenso fue especialmente
grave en el sector privado de la economía donde cayó
del 28% al 8% en el mismo período.
Como
resultado de ello, se produjo al interior del
movimiento sindical, una sobre-representación
de los funcionarios públicos, que pasaron de ser
el 49 % de los afiliados en 1987 a ser el 69% en
2003. Con la casi única excepción en el sector
privado del gremialismo bancario, este sindicalismo
reducido cuantitativamente, desposeído de los
ámbitos institucionales de negociación salarial y,
por la vía de los hechos, sin la garantía estatal
del derecho de asociación y de huelga, perdió
gravitación como actor social, viéndose,
en el sector privado, notablemente reducida
su capacidad para defender a los trabajadores
frente a los embates de un nuevo empresariado
vinculado a las actividades más dinámicas en el
contexto del modelo de crecimiento de los noventa.
En
este panorama, el movimiento sindical
debilitado en su ámbito de acción específico,
se reposicionó como un actor relevante
en el espacio político, constituyéndose en la
más firme y persistente oposición a las reformas
pro-mercado impulsados por los gobiernos de
coalición de los partidos tradicionales (Nacional y
Colorado). En esta oposición, su único aliado en
el sistema político fue el Frente Amplio. Sin
embargo, los sindicatos fueron, en ese frente anti-reformas,
la vertiente más radical y contundente. El PIT-CNT
fue el principal promotor, a veces con éxito otras
sin él, de los recursos de referéndum popular para
derogar diversas leyes que pautaron el proceso del
reformismo liberal.
En estas
iniciativas no siempre contó con el apoyo del FA,
que en ocasiones se mostró reticente, aún cuando se
plegara finalmente a las acciones promovidas por los
sindicatos, en otras directamente no las acompañó.
De todas formas, el PIT-CNT y el FA fueron aliados
en la oposición a las reformas y, el constante
crecimiento electoral de la izquierda a lo largo de
los años noventa, fue creando amplias expectativas
en el sindicalismo, centradas en la posibilidad de
poner fin al ciclo reformista liberal, en particular
a la desregulación del mercado laboral y a la
desprotección de los derechos sindicales (Doglio,
Senatore y Yaffé, 2004).
El
modelo 1992-2004: predominio del voluntarismo
Como
se analizó en el capítulo anterior, la
política de relaciones laborales del período
1992-2004 puede caracterizarse en base a los
conceptos de desregulación y flexibilización
laboral, en un contexto de fuerte predominio
de las concepciones liberales, fomentadas por los
organismos financieros internacionales, que
propugnaban la reducción del Estado y el
consecuente traspaso de atribuciones al
mercado. En términos del modelo analítico de
Freyssinet (2007), este período puede
caracterizarse como de predominio de la tradición
del voluntarismo.
Respecto
al sujeto sindical, este período configuró una
etapa crítica. En 2004 las debilidades del
movimiento sindical eran visibles en cuanto a nivel
de sindicalización, cantidad de convenios colectivos
firmados y capacidad de movilización. Esta debilidad
sumada al retraimiento del Estado, impactaron
fuertemente en la negociación colectiva, la cual
–librada a la voluntad y fortaleza de las partes- se
redujo sustancialmente.
En
efecto, el Estado –en comparación con el quinquenio
1985-1989– redujo su incidencia en materia de
regulación de las relaciones laborales al no
convocar a los Consejos de Salarios –aunque sí
ejerció la facultad de la fijación del Salario
Mínimo Nacional-.
No
obstante esto, y como han destacado algunos
especialistas en Derecho Laboral, en términos
jurídicos, en el Uruguay convivían dos modelos de
relaciones laborales. Esto se funda en que el Poder
Ejecutivo tenía la posibilidad de convocar a los
consejos de salarios y por tanto impulsar la
negociación colectiva, o de lo contrario no hacerlo
– como efectivamente ocurrió-. Es por esta
realidad que los cambios en materia de
relaciones laborales durante los ’90 no necesitaron
modificar fuertemente la legislación existente.
Esta
dualidad jurídica, -como se verá más
adelante- facilitó la rápida reinstalación de los
Consejos de Salarios en los primeros días del
gobierno del Frente Amplio.
Cambios
en las relaciones laborales 2005-2009
Antecedentes del Cambio
La
instalación del gobierno encabezado por Tabaré
Vázquez el 1º de marzo del año 2005, colocó a los
sindicatos uruguayos de trabajadores ante una
situación inédita. Por primera vez, el gobierno es
ejercido por la fuerza política con la que el
movimiento sindical mantiene un vínculo de histórica
hermandad. A diferencia de lo sucedido en otros
países de la región, los sindicatos uruguayos, no
obstante la autonomía y la independencia de clase
que han proclamado y defendido celosamente, nunca
dejaron de mantener una relación privilegiada con
los partidos de izquierda. Desde que en 1971 se
fundó el FA, la gran mayoría de los
dirigentes sindicales han sido militantes
pertenecientes a alguna de sus fracciones.
De
hecho, el FA ha sido desde entonces el hermano
político del sindicalismo nucleado en el PIT-CNT.
Se puede señalar la existencia de tres dimensiones
de esta hermandad: coincidencia programática,
interconexión directriz y coincidencia táctica.
Por otro
lado, las definiciones del FA elaboradas en el IV
Congreso (2003); en el Plenario Nacional (mayo
2004) y del VIII Congreso Ordinario Pit-Cnt
(24-26 de octubre de 2003) sobre el relacionamiento
entre organizaciones sociales e izquierda
gobernante, tuvieron diversas instancias de
discusión en actividades que nuclearon al entonces
EP-FA-NM junto a sindicalistas5 y empresarios
durante el año 2004 y se prolongaron luego en el
período de transición.
Es así,
que el presidente electo Tabaré Vázquez, antes de
asumir el gobierno, realizó el lanzamiento
político6 de las reuniones tripartitas entre
representantes de la futura administración,
empresarios y trabajadores orientadas al
restablecimiento de la negociación colectiva y la
conformación de ámbitos de diálogo social.
Los
Cambios Institucionales en las Relaciones Laborales
Es
notorio el cambio de rumbo y de entonación que las
medidas del gobierno del Frente Amplio imprimieron a
la estructura institucional de regulación de las
relaciones laborales. La nueva orientación de
la política pública laboral, condensada en dos
decisiones: el fomento de la negociación colectiva
y el tripartismo, por un lado, y medidas que apuntan
al equilibrio de los negociadores, por otro,
constituyen un fuerte cambio de rumbo.
El
reequilibrio de los actores, luego del predominio
del modelo desregulador de la etapa 1992-2004
cuando los sindicatos del sector privado se
debilitaron por la vertiginosa caída de la
afiliación, exigía como paso inicial facilitar el
fortalecimiento de la organización sindical;
al tiempo de restablecer la acción reguladora
del MTSS.
Negociación Colectiva: Reinstalación con
Innovaciones
Una de
las primeras medidas del gobierno del Frente Amplio,
fue reconvocar a los Consejos de Salarios, para lo
cual no necesitó aprobar ninguna ley puesto que la
ley Nº 10.449 de Consejos de Salarios estaba
vigente. Tres iniciativas se dieron casi
simultáneamente:
-
Se
creó el Consejo Superior Tripartito y el
Consejo Superior Rural, con competencias
originales para categorizar los sectores de
actividad y proponer modificaciones a la ley de
Consejos de Salarios.
-
Se
creó un Consejo Bipartito de diálogo y
negociación con los funcionarios públicos.
-
Se instalaron los Consejos de Salarios en los 20
grupos de actividad definidos por el Consejo
Superior.8 Asimismo, el gobierno impulsó un nuevo
ámbito de discusión entre empresarios y
trabajadores denominado "Compromiso Nacional
para el Empleo, los Ingresos y las
Responsabilidades", el objetivo de la iniciativa era
lograr un compromiso nacional que opere de
marco regulador para las posteriores
negociaciones colectivas.
En este
marco, la negociación colectiva reapareció con la
intensidad habitual. Sin embargo, se presentó con
la novedad de una mayor extensión, ya que por
primera vez en la historia de las relaciones
laborales, se extiende a los trabajadores rurales y
a la totalidad de los funcionarios públicos. A su
vez esta mayor extensión se cristalizó en la ronda
de Consejos de Salarios de 2008, en la cual se creó
el grupo de actividad que abarca al servicio
doméstico.
Los
nuevos criterios de la política pública laboral, han
generado cambios en la ubicación de los actores.
Las principales iniciativas gubernamentales han
contado con la simpatía del movimiento sindical en
tanto, los empresarios, se han distanciado y en
ciertos casos han formulado fuertes cuestionamientos
públicos.
No
obstante esto, los Consejos de Salarios que se
instalaron en mayo de 2005, luego de
negociaciones tripartitas para redefinir las reglas
de las relaciones laborales y logrados ciertos
acuerdos básicos, constituyeron el primer paso de
cristalización del diálogo social. En la misma
dirección, aunque trascendiendo la negociación
laboral, se realizó una convocatoria al Compromiso
Nacional por el Empleo, los Ingresos y las
Responsabilidades.
En
diciembre de 2006 produjo un primer acuerdo, en
torno al objetivo de creación de 35.000 puestos de
trabajo durante el año 2007. En el año 2006
continuó vigente la orientación de la política
pública laboral diseñada al inicio de la gestión: se
convocó a los Consejos de Salarios del sector
privado y rural, se mantuvieron las reuniones del
Consejo Superior Tripartito -aunque con frecuencia
menor- y se relanzó, sobre el fin del año, la
convocatoria del Compromiso Nacional. Asimismo, en
el ámbito público continuó desarrollándose la
negociación colectiva a través del Consejo Superior
de la Negociación Colectiva del sector público.
El
diseño referido, a la vez de significar un quiebre
con el período 1992-2004, también tiene importantes
diferencias con el modelo de negociación construido
en el período 1985-1989. Las convocatorias se
universalizaron, son múltiples, no solo van
dirigidas al sector privado tradicional -como se
hizo en 1985- sino al sector rural, al sector
público (negociación bipartita) y también al sector
del trabajo doméstico. Si bien en 1985 había
existido el Consejo Superior de Salarios -especie de
acuerdo entre los tres operadores principales del
sistema-, el Consejo Superior Tripartito se creó
como un órgano formalmente constituido y con una
integración tripartita 9 representantes del poder
ejecutivo, 6 de los empresarios y 6 de los
trabajadores). Asimismo, la Comisión de
Clasificación de las ramas, tuvo integración
tripartita y no solo estatal como en 1985. Por lo
tanto, si bien existió una reinstauración del
tripartismo clásico, podría ser más adecuado
denominarlo como tripartismo ampliado.
Principales Leyes Aprobadas
La
actividad legislativa en materia de relaciones
laborales fue importante durante el período, esto
marca una diferencia respecto al modelo vigente
durante 1992-2004, el cual no necesitó del dictado
de numerosas leyes para implementarse, debido a que
el retiro del Estado del marco de la negociación
colectiva era una facultad que podía ejercer el
Poder Ejecutivo. En el período se aprobaron más de
35 leyes referidas al ámbito de las relaciones
laborales, de las cuales sólo vamos a hacer
referencia a las que consideramos más relevantes.
En el
primer y segundo año de gobierno del Frente
Amplio se dio una fuerte producción legislativa
en lo referente al ámbito laboral. Así, el período
de “luna de miel” del gobierno fue el momento en que
se enviaron al Parlamento una batería de normas
(protección y promoción sindical,
descentralización empresarial, trabajo doméstico,
entre otras) que conjuntamente con la
reinstalación de la negociación colectiva
tripartita, dieron forma a un nuevo modelo de
regulación de las relaciones laborales.
Las
mayores garantías para los trabajadores a través del
reconocimiento de derechos por ley, se
materializaron en dos medidas: las normas de
libertad sindical y la regulación de la licencia
sindical. También en este período el Poder Ejecutivo
decretó la posibilidad de que el Ministerio del
Interior, desaloje los lugares de trabajo ocupados
por los trabajadores en caso de conflicto,
obviamente esta medida no contó con el apoyo del
movimiento sindical.
Luego,
entre fines de 2006 y durante el 2007 lo más
relevante es que se aprobó la tan esperada Ley de
Tercerizaciones, que regula esta modalidad de
contratación muy extendida en el Uruguay a partir de
la década del ’90. Tras esta ley se produjo una
suerte de impasse legislativo.
Sin
embargo, los últimos meses del 2008 y los primeros
del 2009 conformaron nuevamente un período muy
activo en materia de aprobación de leyes
laborales. Podríamos denominar este período como una
segunda ola, si entendemos los años 2005- 2006 como
la primera ola reformista en materia laboral. En el
mes de Octubre de 2008 se creó por ley el Instituto
Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP)15
, que sustituyó a la Junta Nacional de Empleo a
partir de Mayo del 2009. El INEFOP se constituyó
como persona de derecho público no estatal y tiene
conformación tripartita
(trabajadores, empresarios y el Estado). Entre sus
principales cometidos se encuentran: administrar el
fondo de reconversión laboral; asesorar al Poder
Ejecutivo en materia de relaciones laborales;
realizar programas de capacitación y
reinserción para los desempleados; y convertirse
en una nueva usina desde la cual se elaboren
estudios acerca del panorama laboral uruguayo.
El
INEFOP es considerado por el gobierno como un factor
clave para enfrentar las consecuencias de la crisis
económica mundial. Luego, en Diciembre se aprobó la
ley que establece para todos los trabajadores
rurales la jornada laboral de 8 horas, la regulación
del ciclo semanal de trabajo y los días de descanso.
Ya en
2009, en Enero entró en vigencia la ley que regula
las licencias especiales, constatándose un cambio
respecto a las licencias por estudio de los
trabajadores. La anterior normativa establecía 18
días de licencia por estudio a efectuarse cuando el
empleado lo solicitara, en la actual, el número de
días se fija según la cantidad de horas trabajadas
por semana y la fecha del goce de debe ser
coordinada con el empleador. En el mes siguiente,
entró en vigencia la normativa que establece la
ampliación del seguro de desempleo para los
trabajadores de más de 50 años, con la
previsión de su generalización al conjunto de los
trabajadores en caso de crisis.
Esta
legislación que se implementa desde el Banco de
Previsión Social (BPS), apunta a flexibilizar el
acceso al seguro de desempleo, haciendo potenciales
beneficiarios también a aquéllos que aún
conservando un trabajo formal, pierden su
empleo principal. También modifica la modalidad
de la prestación económica, asumiendo ésta una
lógica decreciente, para que no sea muy fuerte el
impacto en los primeros meses de pérdida del trabajo
y sea mayor el incentivo de buscar un nuevo empleo
en los meses siguientes.
En
agosto se aprobó la ley de acoso sexual laboral.
Esta ley establece la indemnización con 6 salarios
al trabajador o trabajadora que lo padezca, quien
deberá denunciarlo en su empresa o ante la
Inspección de Trabajo. La normativa implica
un avance en la cuestión de las relaciones de
género, ya que la mayoría de los casos de acoso
sexual en el trabajo tienen como víctima a mujeres.
Dentro
de esta segunda ola de leyes laborales, también se
aprobó una ley que regula los accidentes laborales
camino al trabajo, sin embargo fue vetada por el
Presidente. Tabaré Vázquez actuando en Consejo de
Ministros, argumentó en el veto que la ley es muy
difícil de reglamentar, de inspeccionar y que
encarece los seguros.
El veto
tuvo impacto en la bancada frenteamplista y en el
PIT-CNT, quienes mostraron rechazo y “asombro”
ante la situación, ya que no había existido
un aviso previo del Poder Ejecutivo. Las últimas
dos leyes aprobadas en esta legislatura fueron la
que establece el acortamiento de los juicios
laborales (que por problemas de implementación el PE
retrasó su aplicación) y la ley de negociación
colectiva (de públicos y privados) que se analiza a
continuación.
Principales Leyes Aprobadas (2005-2009)
-
Promoción y Protección Sindical (Fuero y licencia
sindical)
-
Prescripción de Créditos Laborales
-
Regulación del Trabajo Doméstico
-
Tercerizaciones y responsabilidad empresarial
-
Limitación de la Jornada Laboral Rural (8 horas)
-
Creación del INEFOP
-
Regulación de las licencias especiales para
trabajadores privados
-
Flexibilización del seguro de desempleo
- Acoso
Sexual Laboral
- Ley de
Negociación Colectiva para sector Público y Privado
-
Abreviación de los Juicios laborales
Ley de
Negociación Colectiva:
Institucionalización del Modelo
Casi
finalizando la legislatura, el Parlamento
aprobó la Ley de Negociación Colectiva para el
sector privado y para el público,
institucionalizando los cambios implementados por el
Frente Amplio.
Sector
Privado (Ley 18.566)
En el
ámbito privado el órgano de coordinación y
gobernanza de las relaciones laborales será el
Consejo Superior Tripartito (CST), que queda
configurado de la siguiente manera: 9 delegados
del Poder Ejecutivo; 6 delegados de los empleadores;
y 6 delegados de las organizaciones de trabajadores.
Las competencias que le atribuye la ley al CST son:
A)
Expedirse en forma previa al establecimiento,
aplicación y modificación del salario mínimo
nacional y del que se determine para los
sectores de actividad que no puedan fijarlo
por procedimientos de negociación colectiva. A tales
efectos, el Poder Ejecutivo deberá someter estas
materias a consulta del Consejo con suficiente
antelación.
B)
Efectuar
la clasificación de los grupos de negociación
tripartita por rama de actividad o cadenas
productivas, designando, en su caso, las
organizaciones negociadoras en cada ámbito.
C)
Asesorar preceptivamente al Poder
Ejecutivo en caso de recursos administrativos
dictados contra resoluciones referidas a diferencias
ocasionadas por la ubicación de empresas en los
grupos de actividad para la negociación tripartita.
D)
Considerar y pronunciarse sobre
cuestiones relacionadas con los niveles de
negociación tripartita y bipartita.
E)
Estudiar y adoptar iniciativas en temas
que considere pertinentes para el fomento de la
consulta, la negociación y el desarrollo de las
relaciones laborales.
La
principal novedad que introduce esta ley es que pone
fin al monopolio del Poder Ejecutivo en la facultad
de convocar a los Consejos de Salarios, con esta
normativa la convocatoria puede ser solicitada por
cualquiera de las tres partes del sistema. A su vez,
en la ley se establece que existirán tres
niveles de negociación, que podríamos denominar,
el nivel macro tripartito en los Consejos de
Salarios, el nivel meso bipartito a nivel de rama de
actividad, y a nivel micro, negociación por
empresa. Los niveles inferiores de negociación no
podrán disminuir los mínimos acordados en los
niveles superiores salvo que se establezca lo
contrario en los Consejos de Salarios. La novedad en
este punto es que la negociación bipartita entre
empresarios y trabajadores cuando se realice a nivel
meso, es decir, por rama de actividad y sin
presencia del PE tendrá aplicabilidad para todo el
sector de actividad.
Por otra
parte, en cuanto a la duración de los convenios, la
ley se orientó hacia el criterio de la ultra
actividad, es decir, que un convenio sigue vigente
hasta que lo sustituya otro, salvo que en el mismo
se haya establecido explícitamente lo contrario.
Finalmente, en la ley se introdujo una cláusula de
prevención de conflictos, por la cual los pactantes
del acuerdo se obligan a no promover acciones que
contradigan lo pactado. Ésta cláusula fue
introducida a último momento por el Senado, cuando
la Cámara de Diputados ya había dado aprobación al
proyecto de ley.
Tal
situación generó algunas discrepancias entre los
legisladores del FA, principalmente por el hecho de
que los plazos eran muy restringidos debido a que el
proyecto de ley (que estaba en discusión desde 2007)
terminó aprobándose en una de las últimas sesiones
de la legislatura.
Sector
Público (Ley 18.508)
La
negociación colectiva para el sector público es una
de las novedades que se produjeron en la
administración del FA. Esta ley consolida esta
innovación. Si bien existía negociación colectiva en
este sector en los años precedentes, no se
instrumentaba de acuerdo a una estructura formal de
negociación, como la prevista por la nueva
normativa. La ley establece que la Negociación
colectiva en el sector público “es la que tiene
lugar, por una parte entre uno o varios organismos
públicos, o una o varias organizaciones que los
representen y, por otra parte, una o varias
organizaciones representativas de funcionarios
públicos, con el objetivo de propender a
alcanzar acuerdos que regulen:
A) Las condiciones de trabajo, salud e
higiene laboral.
B) El diseño y planificación de la
capacitación y formación profesional de los
empleados en la función pública.
C) La estructura de la carrera funcional.
D)
El sistema de reforma de la gestión
del Estado, criterios de eficiencia, eficacia,
calidad y profesionalización.
E) Las relaciones entre empleadores y
funcionarios.
F)
Las relaciones entre uno o
varios organismos públicos y la o las
organizaciones de funcionarios públicos
correspondientes y todo aquello que las partes
acuerden en la agenda de la negociación. Fuente: Ley
18.508 Art.4º
Asimismo, en la normativa aprobada se incorpora la
obligatoriedad de la negociación, aunque no se
obliga a llegar acuerdos. La ley abarca al Poder
Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial,
el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el
Tribunal de Cuentas, la Corte Electoral, los entes
autónomos, servicios descentralizados y los
Gobiernos Departamentales (Intendencias Municipales,
Juntas Departamentales y Juntas Locales Autónomas
Electivas). A su vez será el MTSS el encargado de
velar por la aplicación de la norma.
En
cuanto a la estructura del sistema, este varía de
acuerdo al organismo o poder del Estado. Básicamente
dos son las formas generales. Para el caso del
Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados, la negociación se realizará
en tres niveles: nivel superior, a través del
Consejo Superior de Negociación Colectiva del Sector
Público (CSNCSP); nivel de rama o sectorial, a
través de mesas de negociación; y a nivel de
organismo, también a través de mesas de negociación.
El
CSNCSP estará constituido por 2 representantes del
MTSS; 2 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF);
2 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP);
2 de la Oficina de Servicio Civil (OSC); y 8
representantes de las organizaciones de
trabajadores. Públicos. Para el resto de los
organismos y poderes del Estado, el ámbito de
negociación serán las mesas de negociación, las
cuales deberán establecer la forma de funcionamiento
atendiendo a las particularidades de cada organismo.
De esta
manera queda organizado el sistema de negociación
colectiva a nivel nacional, consolidando los
cambios que introdujo el gobierno del FA. Con
la aprobación de la Ley de Negociación Colectiva
para el sector público y privado, el Uruguay pone
fin al sistema dual, por el cual la existencia o no
de la negociación colectiva dependía de una
decisión política del Poder Ejecutivo. Este –a
nuestro entender- es el cambio más trascendente que
introduce la normativa.
El
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la
Marginación a la Centralidad
Con la
reinstalación de la negociación tripartita, se
produjo la revitalización del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social (MTSS). Una de las notas
relevantes, es que ha pasado de ser una cartera
marginal a ocupar un lugar central, su visibilidad
pública así lo demuestra.
El
papel del MTSS en los Consejos de Salarios,
el rol de los negociadores del Ministerio en
la resolución de los conflictos, así como la
fuerte actividad de la Dirección Nacional de Trabajo
y de la Inspección de Trabajo, son todas cuestiones
que hacen que la actividad del MTSS se haya
expandido en cuanto a la regulación de las
relaciones laborales. Por otra parte, también se
potenciaron las oficinas que el MTSS posee
en el interior, configurando un avance
en materia de descentralización.
Este
aspecto cobra especial relevancia en cuanto
cristaliza la mayor participación del Estado en
materia de regulación de las relaciones
laborales, siendo un elemento fuertemente
contrastante con el período 1992-2004.
Cambio
de Orientación del FA: Organismos Financieros vs OIT
Las
decisiones gubernamentales del FA fueron
coincidentes con propuestas elaboradas por la OIT
orientadas a la búsqueda de lo que se ha denominado
trabajo decente o trabajo digno, el reconocimiento
de la existencia de derechos laborales
irrenunciables y universales, y la promoción del
diálogo social como un objetivo estratégico.
Al
mismo tiempo, el modelo tripartito de
negociación ha exigido la presencia de sujetos
colectivos fuertes, independientes y
representativos, lo cual demanda medidas de
garantía y protección a los negociadores, en
especial a los más débiles; el fortalecimiento
de la representación colectiva del sector
empresarial superando la fragmentación de intereses
sectoriales; y la recolocación del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el que ha pasado
de una ubicación marginal a otra central,
constituyéndose en un actor de peso en el conjunto
del gobierno, lo que le ha implicado el desafío
de desarrollar capacidades propias para la
nueva función reguladora.
En este
sentido, el contraste con el modelo de relaciones
laborales de 1992- 2004 es notorio, pasando de las
orientaciones de los organismos financieros, hacia
una fuerte influencia de las conceptualizaciones de
OIT.
Repaso
del desarrollo de las tres rondas de Consejos de
Salarios que se realizaron durante 2005-2009.
En el
próximo apartado, se repasa el desarrollo de las
tres rondas de Consejos de Salarios que se
realizaron durante 2005-2009. Es de alguna
manera una forma de evaluar el impacto de
los cambios en el momento mismo en el que
se estaban produciendo. De todas formas, una
evaluación más certera deberá necesariamente,
quedar como tarea para el futuro, cuando la
situación se estabilice, ya que siempre que se
realizan cambios en las reglas de juego, los
acoplamientos de los actores no son inmediatos.
Las
rondas de consejos de salarios
Respecto
a las rondas de Consejos de Salarios (CCSS) 2005 y
2006, en calidad de resumen y de acuerdo al registro
sistemático de la información acerca de la
negociación colectiva a nivel de grupos y subgrupos
acumulada por el MTSS, puede decirse que "los
resultados fueron positivos en términos
de participación (más de 1.500
representantes de trabajadores y empleadores en 20
grupos y más de 200 subgrupos, entre ellos todas
las ramas de los trabajadores rurales),
convenios salariales concretados (aproximadamente
400) y la solidez de los mismos (en el entorno del
90% de los convenios, en ambas rondas, fueron
por acuerdo entre trabajadores y empleadores).
Por su
parte, los CCSS moderaron la conflictividad "sin
debilitar la competitividad de las empresas y
posibilitando la creación de aproximadamente
170.000 nuevos puestos de trabajo en el
trienio 2005 - 2007".
Asimismo, los cotizantes al BPS se incrementaron en
200.585 (16.9 %) en el período 2005-2007 y se
produjo una progresiva recuperación del salario real
privado del 19 % entre abril de 2004 y abril de
2008.
En 2007
no fueron convocados los ámbitos institucionales
creados desde 2005 en el sector privado, por existir
convenios vigentes. Es así que, para este sector,
fue un año de transición hacia la última ronda de
negociación colectiva en el segundo semestre del año
2008.
Otra fue
la situación para la Comisión de los Funcionarios
Públicos que trabajó durante todo el año 2007 en las
subcomisiones, tratando problemas puntuales de los
distintos organismos y abocándose sobre fin de año a
la negociación del futuro acuerdo salarial. La
propuesta del Poder Ejecutivo fue, en todos los
casos, firmar convenios de acuerdo hasta el 2010,
con ajustes en los meses de enero de cada año,
tomando en cuenta para el 2008 el IPC pasado y para
los años siguientes el IPC proyectado. En los dos
últimos años, en caso que la inflación real sea
mayor que la esperada, se estipuló la aplicación
de un correctivo. Asimismo, se acordó la
continuación del proceso de recuperación de la
caída del salario real producida entre 1999-2004
(cuantificada en 16% para todos los trabajadores),
aunque variable en función de la pérdida efectiva de
cada organismo. Además de lo convenido, se agregan
los puntos de incremento salarial que se acuerden
para cada subsector.
La
Enseñanza ya tenía un acuerdo anterior, el que fue
ratificado en la negociación. En las Empresas
Públicas el criterio de ajuste salarial acordado fue
la inflación pasada en el 2008 e inflación futura
en los dos años siguientes. En estos años se hará
una corrección que operará si la inflación real es
diferente de la proyectada.
La
discusión más compleja se procesó en la banca
pública, dando mérito a un conflicto que duró cerca
de 70 días y que se levantó tras la firma de un
preacuerdo aceptado por la asamblea.
El caso
de los trabajadores de la Administración central
agremiados en COFE tuvo la particularidad que
inicialmente no aceptaron la propuesta del Poder
Ejecutivo, siendo los últimos en acordar, en el mes
de marzo de 2008.
En 2008,
con la presencia de representantes de Ministerios de
Economía y Finanzas (MEF) y MTSS, en el Consejo
Superior Tripartito el Poder Ejecutivo presentó los
nuevos criterios de la negociación colectiva para
los trabajadores privados.
Al igual
que en las rondas 2005/2006, se elaboraron pautas
pero esta vez incorporaron un margen mayor de
flexibilidad (a través de dos alternativas) y una
política de incrementos diferenciales para los
salarios mas sumergidos. Estos criterios
incentivaron la extensión de los plazos de los
convenios y la adopción de ajustes anuales, una
mayor flexibilidad macro y sectorial, el compromiso
con la estabilidad de los precios, los ajustes
dentro del período de gobierno y los aumentos
especiales para los sectores mas postergados.
Es así
que los salarios entre $U 3.450 y 3.900 recibirán un
aumento nominal de 20%, en tanto para aquellos
salarios entre $U 3.901 y 4.250 el aumento será de
un 16%, en ambos casos a partir de 01.07.2008.
La
mayor novedad para la tercera ronda de
negociación colectiva(2008) se ubicó en los
salarios mayores a $U 4.300 A partir de
esa franja de ingresos el PE propone dos
alternativas con criterios diferentes. Las mismas se
diferencian por : la duración de los convenios, la
periodicidad de los ajustes; el incremento real de
la base salarial, los indicadores a tener en cuenta
para el ajuste por inflación, la fecha de
aplicación de los correctivos, la
flexibilidad salarial, y el aumento real
de los salarios. Asimismo se estableció que no se
homologarán convenios que combinen ambas
alternativas, y en los casos en que no se logren
acuerdos, el Poder Ejecutivo decretará la
alternativa Nº 1.
La otra
novedad que incluyó el gobierno es que los dos
ajustes anuales deberán incluir "cláusulas de
contingencia". Esto quiere decir que ante una
eventual disparada de la inflación y, por ende,
repercusión negativa en la rentabilidad, la
recuperación salarial del convenio deberá
renegociarse. Esta cláusula, tiene su explicación
fundamental en la incertidumbre de cómo la crisis
económica mundial iba al afectar al Uruguay.
El jefe
de Macroeconomía del Ministerio de Economía Ec.
Fernando Lorenzo señaló que "la idea del Poder
Ejecutivo es ampliar los plazos de los convenios y
para ello se otorgarán incentivos. Por tanto,
los trabajadores podrán negociar aspectos que
interesan sobre incremento salarial y los
empresarios podrán incluir cláusulas que tengan en
cuenta futuros problemas”.
Los
resultados de la tercera ronda de Consejos
de Salarios realizada en 2008 arrojaron un saldo
positivo. La cantidad de convenios alcanzados fue de
226, lográndose 185 por consenso de trabajadores,
empresarios y Ministerio de Trabajo (MTSS). En 23
convenios se resolvió por votación mayoritaria,
votando el MTSS con los trabajadores en 12
oportunidades, y en 11 con los empresarios.
Los
restantes 15 convenios fueron establecidos por
decreto del Poder Ejecutivo, dictando un ajuste de
salarios mínimos. En los acuerdos prevaleció la
firma de convenios de 24 meses sobre la alternativa
2, que establecía convenios a 30 meses.
De los
datos se desprende que el nivel de acuerdos por
consenso de las tres delegaciones fue muy alto en
todas las rondas. En este sentido, los resultados de
las negociaciones parecen demostrar que las
dificultades para acordar no eran insuperables, como
se podía suponer en la década de los ’90 en dónde
los sectores que estuvieron cubiertos por convenios
colectivos eran la excepción. Asimismo, la apuesta
del gobierno del Frente Amplio de impulsar la
negociación colectiva con la convocatoria a los
Consejos de Salarios parece haber sido exitosa a
la luz de los resultados, cuestión que también se
relaciona con el grado de madurez que poseen las
organizaciones gremiales en el país.
Evolución de las variables economico-laborales
2005-200926
En
términos generales, las principales variables
económico-laborales mostraron una evolución positiva
en todo el período. En el año 2008 así como en los
primeros meses del 2009, la evolución
confirma el desempeño positivo registrado en
los años precedentes. Tal desempeño se dio en un
contexto de crecimiento económico estable y
pronunciado. Nota 2010: En el período 2005-2009 el
PBI del Uruguay creció un 34,5% según cifras del
Banco Central del Uruguay (BCU). Este
guarismo se ubica sensiblemente por encima de la
media histórica del país.
El
sobre salario real, aumentó en 2008 en promedio un
3.5% y el aumento se distribuyó uniformemente en
los ámbitos público y privado. Según
estimaciones presentadas en el Informe de Coyuntura
del Instituto de Economía, el salario medio real
aumentará en 2009 un 4,5%. Estas cifras confirman el
crecimiento del salario real en todos los años de la
actual administración, ascendiendo a un 18,4% para
el total del período, como se muestra en el Gráfico
2. Nota 2010: En el conjunto del período 2005- 2009
el salario real aumentó un 27%.
En
Agosto de 2009 del INE establece que la tasa de
desempleo se ubicó en el 7,2% para la totalidad del
país. En cuanto a datos anuales, el promedio del
2008 para el total
del país
urbano se ubicó en un 7,6%, configurando la cifra
más baja de los últimos 18 años y continuando la
tendencia que se manifiesta desde el año 2004 como
muestra el Grafico 3. La disminución del desempleo
en 2008 fue mayor en las mujeres que en los hombres,
de todos modos las mujeres siguen registrando una
tasa de desempleo mayor en el total de la población.
También fue mayor la caída del desempleo en los
menores de 25 años, sin embargo siguen registrando
una tasa de desempleo mayor que los mayores de 25
años. La caída del desempleo se debió a la
generación de nuevos puestos de trabajo, ya que el
número de activos se mantuvo estable en 2008 con
respecto al año anterior, aumentando tan sólo un
0,6% la cantidad de personas en edad de trabajar que
se ofreció en el mercado laboral.27 Nota 2010: En
2009 la tasa de desempleo promedio fue de 7,7% según
el Instituto Nacional de Estadística.
En
cuanto a la calidad del empleo,
los datos indican que en promedio
aproximadamente un 7% de los activos se encontró en
situación de sub empleo en 2008; un 23,7% no estuvo
registrado (no tenía aportes jubilatorios) y un 9,5%
se encontró en ambas situaciones simultáneamente.
En tanto que aproximadamente un 60% tuvo
empleo sin restricciones.28 Estos datos
suponen un leve descenso del empleo sin bajo
y un aumento más sensible del sub empleo con
respecto al año 2007.
La
sindicalización aumentó considerablemente en
2008, lo que confirma la tendencia de los últimos
cuatro años. En el año 2003 los cotizantes al
Congreso del PIT-CNT eran poco más de 100 mil
trabajadores, en 2008 la cifra superó los 180 mil,
como se muestra en el Grafico 4. En estos momentos
el PIT-CNT estima que la cantidad de afiliados
supera los 320.000 trabajadores. Este aspecto es de
especial relevancia en tanto que a partir de 2006 se
evidencia un cambio notorio de la tendencia de la
afiliación sindical, ya que durante la década del
’90 tuvo una fuerte y constante caída configurando
una gran crisis de representación sindical.
A su
vez, la sobre rrepresentación que existía de los
trabajadores públicos también se revirtió, siendo
los trabajadores sindicalizados en 2008 casi la
misma proporción entre los sectores público y
privado. La instalación de los Consejos de Salarios,
la ley de fuero sindical, así como la caída del
desempleo parecen ser las variables claves para
explicar este cambio de tendencia.
No
obstante, el aumento de la fuerza del movimiento
sindical en cuanto a número y protección legal no
provocó un aumento considerable en la
conflictividad laboral. Si tomamos en cuenta los
datos del índice de conflictividad elaborado por el
Programa de Modernización de las Relaciones
Laborales de la Universidad Católica del Uruguay, en
2005 el índice global fue 23, fue 39 en 2006 y 47
en 2007. Estas cifras implican que si bien existió
un aumento de la conflictividad laboral con
respecto al primer año de gobierno, en conjunto éste
fue el trienio de menor conflictividad desde 1995,
año en que comenzó a elaborarse el índice.
El
modelo 2005-2009: predominio
del
neocorporatismo
De una
manera resumida, puede decirse que los
cambios que realizó el FA se caracterizan por:
convocar, fomentar e institucionalizar la
negociación colectiva con la novedad del sector
público, el rural y el servicio doméstico
(tripartismo ampliado); fortalecer legalmente
las garantías para la actividad sindical; dotar de
centralidad en la regulación de las relaciones
laborales al MTSS; y por último un modificar la
orientación ideológica de la política laboral con
respecto al período 1992-2004, basándose el FA en
las conceptualizaciones de OIT.
En
términos del modelo analítico de Freyssinet
(2007), este período puede caracterizarse como de
predominio de la tradición del neo-corporatismo.
La
institucionalización de la negociación colectiva,
con el correlato del reposicionamiento de los
actores –el Estado y el movimiento sindical-,
son elementos centrales para realizar tal
caracterización. En efecto, como vimos, el regreso
de Estado a jugar un rol central en la
regulación de las relaciones laborales, así
como la revitalización del movimiento sindical,
dan cuenta de este reposicionamiento.
A modo
de cierre
En este
documento se analizaron los cambios en la política
laboral del período 2005- 2009 en Uruguay. El repaso
de las medidas laborales adoptadas por el gobierno
del FA, permite señalar un cambio notorio respecto a
las políticas predominantes durante el período
1992-2004.
Al
enmarcar los períodos 1992-2004 y 2005-2009 dentro
del esquema analítico de las tradiciones históricas
en materia de relaciones laborales de Freyssinet
(2007) se identificó un cambio notorio. Desde
esta perspectiva, los cambios institucionales
introducidos por el FA con respecto al período
1992-2004, pueden entenderse como el pasaje de un
modelo de relaciones laborales con predominio
de la tradición del voluntarismo, hacia un modelo
que se enmarca en la tradición del neo-corporatismo.
Tal pasaje, se combinó con la mayor presencia
estatal en la regulación de las relaciones
laborales, y con la revitalización del movimiento
sindical.
Por otra
parte, la evolución de las variables
económico-laborales evidenció un buen desempeño
durante el quinquenio –en comparación con el
quinquenio anterior-. No es sencillo determinar el
impacto preciso que tuvieron las reformas en la
política laboral en la evolución de dichas
variables, no obstante pueden hacerse dos
consideraciones. En primer lugar, la mayor
regulación de las relaciones laborales no implicó
que las principales variables tuvieran un desempeño
negativo. Por tanto la idea que existía que la
desregulación y la flexibilidad en el mercado
laboral eran prerrequisitos del buen funcionamiento
de la economía, y que cualquier intento de
regulación iba a ser nocivo para el desarrollo
económico, parece haber sido refutado por la
experiencia de estos años. Esta afirmación ha sido
realizada también para el estudio del caso argentino
en los años recientes (Palomino, 2007 y 2007b).
En
segundo lugar, algo que parece ser claramente el
resultado de los cambios es la revitalización del
movimiento sindical, el cual ha procesado un
crecimiento exponencial del nivel de
sindicalización, revirtiendo un período de casi 20
años de caída constante en el número de afiliado.
Las mayores garantías legales para la actividad
sindical, sumadas a la reinstauración e
institucionalización de la negociación colectiva,
operaron como dos incentivos positivos a la
afiliación sindical.
Haciendo
Prospectiva: Un Escenario Posible
Desde la
perspectiva del actor gubernamental en el próximo
quinquenio, el centro no se colocará en un activismo
transformador, sino que tendrá el desafío de
implementar, de velar por el funcionamiento del
sistema, tarea que sin duda no será sencilla, por
los múltiples intereses que participan. Hay que
tener presente que este periodo de intenso
reformismo legislativo en materia laboral recién se
cierra con la aprobación de la norma de la
negociación colectiva del sector privado el 10 de
setiembre de 2009, es decir en el filo del período
parlamentario real.
A partir
del diseño institucional existente, las
reivindicaciones y las propuestas se jugarán en el
terreno de los convenios, en el desarrollo real,
efectivo, concreto de la negociación colectiva y de
las formas en que se desarrolle el diálogo social.
Los avances se medirán en más y mejores convenios,
qué temas contienen y cuáles se le agregan. En este
terreno, la iniciativa se traslada a los actores
sociales, los que en base al nuevo diseño
institucional deberán tener un papel relevante
en la negociación colectiva y en el dialogo social,
articulada a la función promotora del MTSS.
Desde
la mirada del movimiento sindical será el
momento de avanzar en la negociación colectiva de
calidad, que junto al eje de lo salarial, introduzca
temas como la organización del trabajo, la
renovación de las categorías, entre otros, que
permitan una perspectiva de mediano y largo plazo,
orientadas al objetivo de modernizar las
relaciones laborales.
Asimismo lo que para muchos ha sido una zona gris
de la política laboral, específicamente la política
activa de empleo y concretamente la política en
materia de formación profesional, será necesario
e inevitable su articulación estrecha con la
negociación colectiva, para hacer posible
la modernización de la organización del trabajo.
La ley
de creación del INEFOP, hace imprescindible la
elaboración de orientaciones al respecto, que
superen los déficits del sistema Dirección Nacional
de Empleo-Junta Nacional de Empleo (DINAE-JUNAE).
Agenda
Pendiente
En el
marco de la investigación se realizaron entrevistas
a informantes calificados. En las mismas se les
consultó acerca de los temas que mayor urgencia
tenían en ser tratados en materia de relaciones
laborales. En base a dichas consideraciones,
se presentan los principales temas que se
mencionaron, como forma de configurar una agenda
pendiente en las relaciones laborales.
Agenda
Pendiente: Algunas Propuestas
-
Fortalecer la Inspección Nacional de Trabajo
-
Profundizar la descentralización del MTSS
-
Capacitar nuevos funcionarios en el MTSS
-
Universalizar la negociación colectiva en los
ámbitos formales
para
el sector público (ya que existen casos en los que
la
negociación no se realizó en Consejos de Salarios,
como
por ejemplo en la Corte Electoral)
-
Elaborar políticas focalizadas (por ejemplo,
políticas
de
empleo juvenil, las PYMES y las empresas
unipersonales)
-
Establecer incentivos para la capacitación
profesional
(por
ejemplo beneficios impositivos a las empresas
que
inviertan en capacitar a los trabajadores)
-
Incorporar el tema de la productividad a la
negociación colectiva
-
Avanzar en materia de normas sobre Seguridad e
Higiene laboral
-
Desarrollar el Derecho Penal Laboral
- Rever
las leyes de despido
-
Plantear la creación de un Fondo de Garantía
Salarial
-
Revitalizar el Consejo Nacional de Economía, como
forma
de promover el pacto social.
* Este trabajo contiene
gráficos y referencia que se pueden ver en la
versión pdf
adjunta.
* Sus autores Luis Senatore
y Gustavo Méndez, son académicos del Instituto
de Ciencia Política -FCS-
UdelaR.
* Trabajo presentado en el
III Congreso Uruguayo de Ciencia Política.
LA
ONDA®
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