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Internas y convenciones partidarias.
¿Dónde realmente se eligen las fórmulas
presidenciales?
Entrevista a Walter Pesqueira
El
último domingo del mes de junio se realizaran las
llamadas elecciones internas de los partidos
políticos urugusayos. De esta instancia prevista por
la Constitución de la Republica, surgirán las
formulas presidenciales de cada partido, para las
elecciones nacionales de octubre. Para conocer
detalles de esta importante instancia y de las
Convenciones partidarias que deberán hacerse luego
de las elecciones internas, La ONDA digital dialogó
con Walter Pesqueira, reconocido especialista en
temas electorales, ex presidente de la Junta
Electoral de Montevideo, actual primer suplente en
ejercicio
de Wilfredo Penco en la Corte
Electoral.
“… Un convencional – por ejemplo – de la
lista del Dr. Lacalle, puede, si hay que votar
en la Covención, por Larrañaga”
- Concretamente, Pesqueira, ¿qué día
se hacen las Internas partidarias en esta
oportunidad?
- Las Internas
partidarias o elecciones de los Partidos políticos
se realizan el último domingo de junio del año
electoral de la elección nacional, quiere decir el
28 de junio del 2009 y representa habrá una elección
por cada partido. Quiere decir que en cada mesa
electoral, en cada circuito electoral, van a haber
tantos escrutinios como partidos se presenten.
- En este caso, ¿ya se sabe cuántos
partidos se van a presentar?
- No, no, porque
todavía se están registrando algunos Partidos. A ver
si de memoria le puedo decir los que hay – sacando
los tres conocidos grandes – el Partido
Independiente, el Partido de los Trabajadores, el
Partido “4 Puntos Cardinales”, que también fue
aprobado por la Corte hace pocos días. Serían
seis. Pero me consta que hay en trámite y que van a
salir aprobados – o que tienen muchas posibilidades
de salir aprobados – algunos otros Partidos más,
como el Partido Humanista, tal vez el Partido
Liberal, también.
- ¿Qué requisitos tienen los Partidos
para presentarse a estas Internas?
- Tienen que
presentar el haber realizado una Asamblea
Constitutiva, presentar Estatutos, Carta Orgánica,
Declaración de Principios y la integración de un
Ejecutivo provisorio hasta que se realicen las
elecciones de estas Internas.
-¿Y ellos tienen que colocar las
listas o las pone la Corte?
- No, no. Las listas
las coloca cada Partido en el cuarto. Hace muchos
años, la Corte había resuelto, en una elección
determinada, llevar las listas, porque los Partidos
recién salían de la dictadura y no estaban tan
organizados. Además, siempre, cuando hay plebiscitos
o referéndum, es la Corte la que integra las hojas
del SI y, en su caso, si hay del SI y del NO.
- Pesqueira, ¿y qué deben postular?
¿Deben postular los candidatos a la próxima
Presidencia?
- En junio, lo que
van a postular los ciudadanos es, en una hoja
nacional, un candidato a la Presidencia y candidatos
a Convencionales. Porque lo que eligen los Partidos
políticos son 500 Convencionales Nacionales, que la
forma de distribuirlos por departamento, queda
librada al resultado electoral. Quiere decir que
antes no se puede saber cuántas bancas de
Convencionales tiene cada departamento, por una
razón elemental, porque se basa en los votos que se
hayan conseguido en el día de las elecciones. Son
500 nacionales y, en hoja aparte, los convencionales
departamentales que son, por departamento, el
cuádruple de los Convencionales nacionales que haya
conseguido cada partido, con un mínimo de 50 y un
máximo de 250. Usted ve que es complicado, se lo
estoy diciendo de memoria, pero para la gente es
complicada la retención de esos números.
- Esto quiere decir que, en realidad,
la ciudadanía ¿no elige directamente los candidatos
a Presidente?
- No, la ciudadanía
elige directamente candidato a Presidente porque…
- ¿Pero no es la Convención la que
define?
- No. Ya dijimos ante
que cada Partido es una elección diferente. Se puede
dar el caso, por ejemplo, de los Partidos muy
pequeños que no tengan 500 votos, entonces no podría
presentarse en octubre. La Corte considera que si
no tuvo 500 votos, no puede tener 500
Convencionales, porque nadie puede votar de esa
forma y no le permite presentarse en octubre. Ya
ocurrió eso en el 2004 con algún Partido cuyo
nombre, en este momento, no tengo.
- ¿Entonces que
eligen las Convenciones?
- Las Convenciones
van a elegir al Presidente si el candidato que votó
el pueblo – ese Partido – no llegó a la mitad más
uno de los votos de su partido o, en su defecto, no
llegó a tener más del 40% de los votos y una
diferencia del 10% con el candidato siguiente. En
los casos en los que hay dos candidatos eso de la
segunda parte no rige, porque el que ganó ya sacó
más de la mitad. Pero puede haber Partidos que
presentan 3 candidatos o 4 o 5 y ahí rige también la
segunda parte. Con más del 40%, si le sacó más de
10 puntos al segundo, ya queda nominado. En el caso
de que no hubiera sido nominado porque no hubiera
cumplido alguna de las dos cosas anteriores, la
Convención se tiene que reunir en los 30 o 60 días
subsiguientes a la elección o, de todas formas, un
mes antes –por lo menos – del acto electoral de
octubre. Y ese acto – controlado por la Corte
Electoral, porque van veedores (y no sólo veedores
sino una especie de porteros que controlan la
entrada de los que pueden entrar a votar y de los
que no están autorizados). Es decir, porque ni
siquiera los suplentes pueden entrar, salvo que el
titular hubiera presentado la renuncia en tiempo y
forma. Y esa Convención tiene que decidir –
controlada como le decía por la Corte – quien es el
candidato a titular de Presidente. Pero puede darse
el caso de que no se pongan de acuerdo. Entonces
tendría que hacerse una segunda o tercera
convocatoria y terminar con la votación – de alguna
forma – poniéndose de acuerdo (no tengo acá la
resolución, pero creo que) 30 días antes del acto
electoral de octubre. Es la misma Convención de 500,
por ley 17.063, la que elige al Vice-Presidente de
la República entre los ciudadanos habilitados para
votar. Quiere decir, que el candidato a Vice-Presidente
de la República puede ser elegido por la Convención
entre los candidatos que se presentaron a Presidente
y no salieron y entre otras personas del Partido o
entre cualquier otro ciudadano que cumpliera con las
condiciones.
- ¿Pero tiene que quedar decidido en
la Convención?
- Exacto. Es la
Convención la que decide.
- ¿De la Convención tiene que salir
toda la formula?
- Sale una fórmula
presidencial.
- ¿Y si se diera
el caso de dos candidatos y éstos se pusieran de
acuerdo previamente, porque no habían llegado al 50
más uno?
- Si hay dos, uno
llegó al 50.
- Y si aceptan que esa es la
realidad, ¿no pasan por la Convención? ¿O igual la
Convención tiene que reunirse?
- Si uno llegó a la
mitad más uno de los votos del Partido, no pasa por
la Convención, ya fue electo. La Convención,
solamente se reúne para elegir al Vice-Presidente. Puede
darse el caso que la Convención no elija al
Presidente porque ya lo eligió el pueblo. En el caso
del Partido Nacional va a ser así, matemáticamente,
porque o Lacalle o Larrañaga, van a tener más de la
mitad y el otro va a tener menos de la mitad. Así
que el candidato blanco – por ahora hay dos – si
hubiera dos, al candidato blanco lo va a elegir el
pueblo. Al Vice-Presidente lo va a elegir la
Convención que se elige ese 28 de junio y que se
tiene que reunir necesariamente y controlada por la
Corte como yo le decía.
- En el caso de que hubieran más de
dos candidatos – supongamos 4 candidatos – entonces,
los dos que hayan sacado menos, ¿se unen?
- Son los
convencionales los que votan, así que no son los
candidatos….
- Bueno, pero si los convencionales
se unen, ¿puede darse el caso que elijan al
candidato?
- De los tres grupos
que sacaron menos votos, si se pusieran de acuerdo
los convencionales y votaran al tercer candidato o
al cuarto y no al que ganó. Podría darse.
- Es totalmente legítimo.
- Es legítimo, sí,
porque los convencionales no son del grupo, son del
Partido. Fueron electos en listas, pero no son del
candidato, son del Partido. Un convencional – por
ejemplo – de la lista del Dr. Lacalle (para poner un
ejemplo) – puede, si hay que votar en la Convención,
puede votar por Larrañaga, aunque sería ilógico que
no votara por Lacalle, que fue elegido, pero podría
darse el caso.
-Legalmente, no hay impedimento.
- No está obligado a
votar por la lista que lo eligió, por el candidato
titular de la lista que lo eligió. No está
obligado.
- Pesqueira, y las departamentales,
¿qué función tienen?
- Las
departamentales, elegir al candidato a Intentente.
- Pero eso se elige luego de las
nacionales, en febrero, ¿será?
- Si, es
posterior. Yo creo que es posterior a marzo o fines
de marzo. Y ahí cambia un poco la cosa, porque ahí –
con más del 30% de los convencionales se puede
elegir hasta dos candidatos a Intendente. Y, en el
supuesto caso – como se habla del 30 – se podrían
elegir hasta 3 candidatos. Si el Partido se pone de
acuerdo y le dice a los convencionales: “bueno, el
32% vote a Pérez, el 32% vote a González”, ahí queda
el 36% que vote a Martínez, podrían llegar a tener 3
candidatos a Intendente. Y eso ya ha ocurrido en
algunos departamentos en la elección de 2004.
- ¿Cómo se encuentra la Corte, desde
el punto de vista de su estructura, de sus medios,
para estas Internas?
- Bien, hubo
desacuerdos entre los miembros de la Corte y también
desacuerdos en el Parlamento, para autorizar un
pedido que habían hecho algunos ministros de la
Corte de nombrar una cantidad de gente nueva en
forma eventual, para el período electoral posterior,
como empleados de la Corte. Otros Ministros opinamos
que la diferencia de cantidad de empleados que había
entre la previa al 2004 y la previa actual, era de
35 personas, más o menos. Quiere decir que pensamos
que no era conveniente en estos momentos nombrar más
de 35 personas. Y el Parlamento lo resolvió así,
por ley de presupuesto. Autorizó a la Corte a
cubrir las vacantes esas y no a tomar gente
indiscriminadamente en un momento pre-electoral. No
hay que atribuir intenciones a nadie y yo no soy el
que las atribuyo, ni mucho menos. Pero usted
comprende que en época pre-electoral, se puede
aprovechar para tomar gente que – aunque sean
eventuales – después es muy difícil decirles que se
vayan para la casa.
- ¿Y en cuanto a la capacidad para el
escrutinio posterior?
- La Corte va a
trabajar bien, como siempre.
- ¿En las 24 hs. siguientes se
conocerá todo?
- En el escrutinio de
las elecciones nacionales de octubre sí. Es mucho
más complicado el escrutinio de la elección interna,
porque no es un escrutinio. En realidad, son 5, 6 o
7 escrutinios. Usted tiene que separar la lista por
Partido primero y después, dentro de cada Partido,
por candidatos y después, dentro de cada candidato,
por sub-lema de convencionales. Quiere decir que es
un escrutinio completamente difícil, que yo creo que
el escrutinio de junio, en las mesas electorales, va
a llevar un tiempo largo, hasta medianoche y – en
algunos casos – un poco más de media noche. Porque
no es una cosa fácil. En mi caso yo tuve la fortuna
de ser presidente de la Junta en el período pasado y
es mucho más difícil para la Junta Electoral,
realizar el escrutinio final de la interna que de la
elección nacional o de la elección de los
Intendentes.
- ¿El ciudadano va a votar en el
mismo lugar todos los ciudadanos? ¿No hay 4, 5 o 6
urnas?
- No, no para nada.
No se sabe a quien vota cada uno. Todos votan en la
misma urna pero no se sabe a quien vota cada
uno. Cada ciudadano puede decir que va a votar al
Partido Nacional y después en el cuarto vota al
Partido Colorado.
- Cuando se abre la urna se van
separando las listas.
- Se van separando de
acuerdo al Partido. Se van haciendo montones,
primero por Partido, después por candidato y
después… Es un trabajo bastante engorroso, para
gente – además – que no es preparada totalmente para
las elecciones.
-¿Y las mesas están integradas igual
que en las elecciones nacionales?
- Sí, con empleados
públicos y el secretario de cada circuito – con
preferencia – un escribano.
- ¿Y los partidos tienen veedores?
- Los partidos pueden
poner los delegados que quieran durante todo el
día. Hay casos de otros países en los cuales si el
veedor o el delegado del Partido no llegó antes de
empezar el escrutinio, después no lo dejan
entrar. En el caso uruguayo se puede ir a cualquier
hora del día. Incluso, aunque el Presidente puede
negarse a abrir la puerta cuando se está realizando
el escrutinio, todavía pudiera entrar algún delegado
más si hay voluntad.
- La policía y el ejército, ¿votan?
- Sí, sí. De acuerdo
a la ley del 67, votan todos los ciudadanos
habilitados, sean civiles o militares. Lo único que
tienen prohibido la policía y el ejército, es
desempeñar cualquier tipo de actividad política,
salvo el voto. Así lo dice la ley. Así que el voto
está autorizado. A lo que no están autorizados – y a
veces ha ocurrido por error o por desconocimiento,
sobre todo – es a integrar listas. Porque si la ley
dice que no pueden hacer ninguna actividad salvo el
voto, no pueden estar en una lista – por ejemplo –
de convencionales de tal Partido. Y como en el caso
de las elecciones internas, junto con la hoja de
votación que se presenta en la Junta, hay que
presentar la nómina de los candidatos con su
Credencial Cívica y su firma y eso se controla, se
dio el caso en la elección de 2004, que algunos
ciudadanos – agentes policiales – desconociendo que
no podían integrar esas hojas o – tal vez –
inducidos por la persona que les pidió que firmaran,
diciéndoles – por ejemplo – que se iba a hacer
cordón cuneta en el barrio, o que se iba a conseguir
algo para la zona, porque esa persona tenía
dificultades para completar su hoja de votación y
consiguió firmas así. Al menos, esa fue la denuncia
que mi hizo alguna esposa de policía. Y son
sanciones graves, porque queda destituido del
cargo.
- El Presidente y Vice-Presidente de
la República, ¿también pueden votar?
- Todos, todos pueden
votar. Todos los ciudadanos habilitados, salvo
aquellos ciudadanos que no hayan votado en dos
elecciones y que – por lo tanto – están excluidos.
- ¿No haber votado en dos elecciones
anteriores?
- Dos elecciones
nacionales anteriores, nacionales. La Corte entiende
que la elección de Intendente no es una elección
nacional. Ve que le digo la Corte porque yo pienso
diferente. Yo creo que la ley habla de elecciones
nacionales porque la ley se hizo cuando se votaba
Presidente e Intendente el mismo día y – ahora – la
Corte no convalida. Si una persona no votó en dos
elecciones pero votó – por ejemplo – en el 2005, no
lo considera eso como voto para excluirlo y lo
excluye.
- Los uruguayos que viven en el
exterior, ¿tienen que venir?
- Ah, tienen que
venir. El lugar de votación es – necesariamente – en
el Uruguay. Hay tres tipos de mesas electorales:
urbanas, suburbanas y rurales. En las urbanas y
suburbanas, solamente pueden votar los ciudadanos
del circuito, los integrantes de la mesa – porque no
se pueden ir a votar – el custodia militar y los
empleados electorales que controlan, si hay en su
caso. En las mesas rurales, los ciudadanos pueden
votar en cualquier mesa si tienen credencial rural
de su departamento. A ver, por ejemplo, en
Maldonado, un ciudadano que tenga credencial rural
de Caracoles, puede votar en cualquier otra mesa
rural de Maldonado. Un ciudadano de la ciudad de
Maldonado o de Piriápolis, no puede votar en mesas
rurales y tiene que votar – necesariamente – en su
mesa. Solamente los que tienen credenciales rurales
pueden votar en otra mesa que no sea la suya, con la
condición de que la otra mesa también sea rural.
- ¿Así que los
embajadores tendrán que venir a votar, porque
sino no pueden pronunciarse?
- Como cualquier
ciudadano, como el turista. Me consta que va a haber
un proyecto de reforma constitucional.
- Pesqueira, en las elecciones
internas anteriores, ¿en qué proporción votó la
ciudadanía?
- Bueno, un poco
mayor al 50%, en el entorno del 50% del
electorado. Porque el voto no es obligatorio.
Incluso no es obligatorio porque hay ciudadanos que
pueden decir: “yo no tengo ningún Partido”, “yo soy
independiente”.
- Eso no quiere decir que en octubre
no pueda votar.
- No, no, porque la
elección de las internas de los partidos políticos,
es una elección interna de cada partido que – muy
bien – se podría hacer en días diferentes,
¿no?. Pero ahí sería imposible controlar que un
ciudadano no votara por dos partidos. Al hacerla en
el mismo momento y en la misma urna, nadie puede
votar por dos partidos porque si mete hojas
diferentes se anula.
- Y el padrón, ¿está correctamente
depurado?
- Sí, si. Correcta y
continuamente depurado, es decir, la depuración del
padrón es una cuestión continua, es como el río que
corre. Todos los días se muere gente y todos los
días la Corte – no todos los días – pero en los
acuerdos que se van haciendo, se van dando de baja a
ciudadanos que se comprobó que han fallecido.
- Algunos mueren y otros se inscriben
por primera vez.
- Y todos los días se
inscriben personas. A fin de enero, al 15 de enero o
18 de enero, la cantidad de habilitados era
2.555.832.
- En ese caso votan los que son
mayores de 18 años.
- Exacto. Porque hay
inscriptos que no van a poder votar ni siquiera en
octubre, porque se están inscribiendo todos aquellos
que puedan votar en la elección del último domingo
de mayo, es decir, que al 8 de mayo cumplan 18
años. Al 8 de mayo de 2010. Si no tiene 18 años,
tiene la ciudadanía suspendida y, ni siquiera, va a
estar su hoja electoral en el circuito.
- En el caso de los presos, ¿cómo es
la cosa?
- Bueno, los
ciudadanos penados, si la justicia comunicó la pena,
la Corte suspende la ciudadanía. Y al revés. La
Corte levanta también la sanción cuando el Poder
Judicial comunica el cumplimiento de la pena.
- Los que no tienen proceso
terminado, ¿votan?
- Mientras la
justicia no le comunique a la Corte, sí. Incluso
aquellos que ya no están penados y ya cumplieron con
su pena. Si el Poder Judicial no le comunicó a la
Corte dicho caso, sigue suspendida la ciudadanía y
teóricamente tendría que estar habilitado. Pero no
está la comunicación oficial.
- Y en esos casos puede estar preso
pero no procesado.
Exacto.
- Y la Corte, ¿va a la cárcel?
- No, no. Volvemos a
lo mismo. Las hojas están ubicadas en el lugar que
indica el plan circuital y el ciudadano tiene que
trasladarse. Tampoco va la Corte a los
hospitales. Antiguamente se colocaban circuitos en
las puertas, sobre todo en las entradas de algunos
hospitales como el Clínicas y el Maciel.
- ¿Pero eso no se hace ahora?
- Y muchos ciudadanos
aprovechaban para votar después de hora. Porque
antiguamente, entre el cierre y la hora siguiente,
podían votar ciudadanos de cualquier circuito, en
Montevideo, por ejemplo.
Ya no existe más esa
hora de prórroga, salvo para los ciudadanos que
estén en la cola y que tengan credencial de ese
lugar, ¿no?
- ¿Después de la Convención, los
partidos no pueden cambiar el candidato a
presidente?
- Si ya lo eligieron
no pueden. No pueden salvo que fallezca, ¿no?
- ¿Si fallece pasa el vice?
- En ese caso se
reúne la Convención y elige al presidente. Si no
hubiera tiempo porque se venció el plazo, el
candidato que fue elegido como vice pasaría – si hay
tiempo – a corregir la hoja de votación y, si no lo
hay, a dejarla así. Usted recuerda el caso del
Cnel. Bolentini que falleció una semana antes de las
elecciones de 1984 y, las hojas de ese Partido,
tenían el nombre del candidato fallecido.
- En ese caso se elige, el suplente…
- Claro, si hubiera
ganado la elección, el candidato que iba a elegir
era a vice- presidente y el vice-presidente iba a
ser el primer candidato a senador. Ese partido, si
cumplía con las condiciones exigidas para ser
presidente, ¿no?
. ¿Los diputados departamentales no
pasan tampoco por la Convención?
- No, no. Todos los
diputados se eligen el día de las elecciones en
hojas de votación.
- Pero son propuestos por el partido
directamente.
- Sí, sí. Son
propuestos por las agrupaciones de los partidos, por
los sub-lemas.
- ¿Qué quiere decir un sub-lema?
- Sub-lema quiere
decir una parte integrante del partido, es decir, el
partido o lema que es lo mismo, le autoriza a un
grupo de sus afiliados, a formar una agrupación para
llevar – bajo un nombre llamado sub-lema –
candidatos al senado y a la Cámara de Diputados y a
las Juntas Electorales (o a una de ellas, no
necesariamente a las tres). Puede haber candidatos
al Senado comunes a varias agrupaciones. La
diferencia está en que la lista de diputados es
diferente o, incluso, en las Juntas Electorales
diferentes.
- ¿Queda algo que usted quiera decir
que mis preguntas no hayan cubierto, Pesqueira?
- No. Lo único que
quiero decir y me comprende en las generales de la
ley porque ya el lunes voy a ser por unos días otra
vez Ministro y lo he sido varias veces, lo que
quiero decir es que la ciudadanía puede tener plena
confianza en la Corte Electoral y en las Juntas
Electorales de todo el país, de que en el Uruguay
las elecciones son ejemplares. Tanto la Corte, como
las Juntas, como los ciudadanos cumplen cabalmente
con la democracia y son escasos – como mucho uno o
dos casos – los que se ven en cada elección de votos
dobles. Quiere decir que no hay ese tipo de hechos
que ocurren en otros países con más asiduidad. El
Uruguay creo que es un ejemplo en materia electoral
y la Corte es un ejemplo en materia de controles y
de desarrollo de las elecciones.
LA
ONDA®
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