RENTA BASICA ARTICULO 2 Los principios fundantes
La incondicionalidad
El derecho a la vida es el más arraigado en la humanidad pese a los resabios que mantiene la controvertida pena de muerte o la respetable discusión sobre el aborto. El hecho de nacer lo hace exigible en la sociedad que desde el fondo de los tiempos, como todos los mamíferos, ampara sus crías. Formar parte de la misma implica respetar ese derecho junto a ritos y costumbres así como compartir tragedias y alegrías. Y también beneficios, entre los cuales el mínimo para subsistir que agregue la posibilidad de aportar a la vida de todos. La sumatoria de esos aportes a lo largo de la historia ha construido los logros de la sociedad actual. Pero los infinitos agregados que crearon la riqueza de bienes materiales e intangibles no llegan naturalmente a las mayorías. Ello propone hacer efectivo la propuesta de distribución llamada Renta Básica Universal, que como el derecho a la vida, debe ser incondicional y no sujeta a contraprestaciones de ningún tipo por parte de los destinatarios.
La universalidad
La ideología liberal en uno de sus principios, la competencia, es por definición selectiva y excluyente. Concibe la universalidad de las necesidades humanas de todos en beneficio de pocos. Sus referentes, traicionando la solidaridad que pregonan, proponen soluciones parciales, acotadas y discriminatorias argumentando ayudar a los más débiles y vulnerables. Ayudar a algunos mientras se desatiende a otros, siempre más numerosos, no es otra cosa que discriminación positiva. Para peor, si la ayuda es acotada resulta una “trampa de la pobreza” que inhibe a los “beneficiados” salir de esa condición. Y catalogan esa ayuda como “solidaria” no obstante condicionarla a una contraprestación de cualquier índole, convirtiéndola en un producto más del mercado. En última instancia la solidaridad debe amparar el derecho a vida digna de todos los seres humanos en ejercicio de una libertad real, no la formal establecida por leyes que la pregonan pero no la habilitan. A eso apunta una Renta Básica generalizada sin exclusiones; universal. Las organizaciones supranacionales deben asumir, como lo hacen con otros derechos, la obligación de hacer cumplir éste, siquiera al menos por parte de sus países miembros.
La institucionalidad
Las garantías de universalidad e incondicionalidad deben ser dadas por la organización social más acabada creada hasta la actualidad por la humanidad: el Estado Nación. A ese reconocido administrador de los fondos de todos los ciudadanos, le corresponde concentrar y distribuir una Renta Básica. Entre las formas prioritarias de hacerlo está el dinero, otro invento de las sociedades humanas en el pasado. Aunque los Estados pueden también hacerlo en servicios esenciales a todos como la educación y atención de la salud. En cualquier caso, la primera medida debe ser una definición del monto unitario de la Renta que multiplicado por la cantidad de los destinatarios da un monto bruto. No obstante podrían deducirse del mismo aportes como los ejemplos dados y otros que cumplan los mencionados principios.
Por Luis Fabre
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La ONDA digital N.º 1038
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