La LUC, esa maldición

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La LUC “ha facilitado el lavado de activos”, reconoció oficialmente el Banco Central del Uruguay (BCU), en lo que es la primera evaluación desde el Poder Ejecutivo de los efectos de flexibilización del sistema financiero; parte del articulado de la Ley de Urgente Consideración.

El senador del FA Eduardo Brenta se refirió al tema, dando cuenta de que se trabaja para contrarrestar sus efectos más negativos en el plano financiero. Desde su bancada se promueve la fuerte disminución del tope de efectivo que se puede ingresar al país por medios electrónicos, que la LUC fijó en un millón de UI, que hoy equivalen a 150.000 dólares. La cifra anterior era de 5.000 dólares. La propuesta de bajarlo de esos 150.000 actuales está manejando hoy diversas alternativas. También están planteados proyectos sobre enriquecimiento ilícito y el fortalecimiento de la Jutep, Junta de Transparencia y Etica Pública.

Andrés Alsina

Inicialmente, el Poder Ejecutivo quería que se autorizarse el ingreso ilimitado de dinero en efectivo, y en conversaciones informales desde el Frente Amplio se le planteó la necesidad de atenerse a los cuatro mil dólares que fija la ley 19.210, de abril 2014, en una significativa medida de inclusión financiera. Su objetivo central, según la evaluación de riesgo hecha por Senaclaft (Secretaría nacional para el lavado de activos y financiamiento del terrorismo), fue fomentar mayores niveles de formalidad en la economía y mejorar los controles existentes, y contribuyen con la mitigación de riesgos de LA/FT, particularmente en lo relativo a la adquisición de inmuebles y otras actividades de riesgos significativos”. Finalmente, el Poder Ejecutivo aceptó la cifra de un millón de UI; se supone que con carácter transitorio, aunque esto no figura por escrito.

La LUC, que redujo su articulado inicial de casi 600 a 476, fue aprobada en julio 2020 con muy poco espacio para su discusión parlamentaria en los 90 días de plazo fijados para su tratamiento, y sin ser objeto de explicitación y razonamiento en la sociedad. La parte cuestionada por el FA del articulado comprendió once grandes temas (seguridad pública, Inteligencia, educación, economía, empresas públicas, petróleo, agro, relaciones laborales, vivienda y más), con 185 temas que cada uno ameritaría una ley debidamente tratada. El plebiscito para derogar ese articulado, focalizado finalmente 135 artículos, se realizó en marzo 2022 y fracasó por un pelo, al alcanzar solo 48,67% de los votos.

Estas iniciativas desde el FA se producen en las vísperas de una nueva evaluación de riesgo que presentará, al parecer este mismo mes, el experto de Senaclaft Alejandro Montesdeoca. El reconocimiento del BCU sobre el riesgo que implica aumentar el libre ingreso de efectivos venía siendo señalado, entre otros, por la propia Senaclaft.

Cabe destacar, expresó Senaclaft al inicio de esta administración pública, el marcado avance que ha logrado Uruguay con la promulgación de una serie de leyes y reglamentos que les ha permitido actualizar su legislación, entre ellas: (…la) ley 19.210 de inclusión financiera de abril de 2014, que limita el uso de efectivo para adquisiciones de bienes a partir de USD 4.000 dólares y dispone otras medidas relevantes. (…) Asimismo, la Ley de transparencia fiscal (Beneficiario Final), la Ley de Inclusión Financiera que limita el uso de efectivo para adquisiciones de bienes), y la ley que actualizó las disposiciones contra el terrorismo y su financiamiento”.

Sin embargo, este escenario se modificó sustantivamente, ampliando claramente el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, a partir de la aprobación de la Ley No. 19.889, de Urgente Consideración (LUC), promulgada el 9 de julio de 2020.”

Además, según expresó en comisión el senador Charles Carrera, se modificaron las normas antilavado en la última rendición de cuentas sin el asesoramiento técnico de la Senaclaft y de la unidad de inteligencia del Banco Central del Uruguay, y se flexibilizaron los requisitos para las empresas de logística que utilizan zona franca.

La definición del problema hecha por Senaclaft es elocuente: “El lavado de dinero asociado con el tráfico de drogas representa una amenaza para la estabilidad financiera; la integridad del sistema bancario; la seguridad de la población y la confianza en el sistema democrático del gobierno nacional”.

Uruguay llevó a cabo dos evaluaciones nacionales de riesgo en 2010 y en 2017. En ese momento, la principal amenaza externa identificada es la relativa a los fondos delictivos del exterior, especialmente los originados en países limítrofes. El riesgo general de financiamiento del terrorismo (FT) fue considerado como bajo.

Eduardo Brenta

En la exposición de motivos del proyecto de ley que explica Brenta, se afirma que “la normativa vigente en la materia, entonces, implica el aumento evidente de los riesgos en materia de lavado de activos, especialmente en términos de transparencia, trazabilidad y probidad. La modificación otorga una mayor discrecionalidad en las transacciones financieras, lo que podría facilitar prácticas cuestionables y dificultar el seguimiento de los flujos de dinero. Esto representa un riesgo para la integridad del sistema financiero y socava la capacidad de las autoridades para detectar y prevenir actividades ilícitas como el lavado de dinero y la evasión fiscal”.

Hubo también otras voces. como un informe de la de la consultora CPA Ferrere. “Para prevenir el lavado de activos es necesario conocer quién está detrás de cada operación y el origen legítimo de los fondos que se utilizarán, algo que es más dificultoso cuando el medio de pago es efectivo. Los instrumentos de pago electrónicos o bancarizados permiten la trazabilidad de las operaciones, mientras que el efectivo no”.

Ante el texto sin votar de la ley, el senador Mario Bergara fue claro en su oposición. “Desde que vimos el primer borrador del proyecto de ley, fue notorio que plantea un retroceso claro, una marcha atrás tanto a los temas de inclusión financiera en cuanto a la expansión de derechos de trabajadores, ciudadanos, ciudadanas en materia de acceso a servicios financieros como en los mecanismos de la ley de inclusión financiera que contribuían al combate a la evasión tributaria y al lavado de dinero. Ya el borrador definía un retroceso claro una marcha atrás tanto a los temas de inclusión financiera en cuanto a la expansión de derechos de trabajadores, ciudadanos, ciudadanas en materia de acceso a servicios financieros y en los mecanismos de la ley de inclusión financiera que contribuían al combate a la evasión tributaria y al lavado de dinero.

Cómo no sospechar, ¿verdad?, de esa transacción cuando se multiplica por 20 el efectivo sin declarar su origen, que no sea obligatorio pagar las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras por medios electrónicos, algo que daba transparencia, que ayudaba a la formalización y les daba a los trabajadores derecho a un montón de servicios financieros gratuitos bueno eso también es una marcha atrás. Cómo no sospechar ¿verdad? de esa transacción cuando se hace algo con cien mil dólares en efectivo o hecho de que no se tengan que pagar más obligatoriamente las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras por medios electrónicos algo que daba transparencia, que ayudaba a la formalización, que le daba a los trabajadores derecho a tener un montón de servicio financieros gratuitos.”

 

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