El CONICYT cuestiona reestructura de la ANII y situación presupuestal
Cinco consideraciones del CONICYT ante los cambios propuestos en la ANII
Ante la reestructura de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación y su nueva situación presupuestal, el Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología manifiesta su preocupación y considera necesario hacer las siguientes consideraciones.
1) Como organismo asesor en políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), consideramos que es nuestra responsabilidad contribuir a generar un buen clima de relacionamiento entre todos los actores, los cuales tienen legítimos intereses, visiones y puntos de vista sobre la temática de CTI. El fortalecimiento y la salud del sistema de CTI dependen de una construcción colectiva, plural e histórica con aportes de toda la sociedad. En este sentido, es responsabilidad de todos contribuir a su consolidación y mejora permanente, siendo conscientes de que la institucionalidad democrática del país es un valor a preservar colectivamente. El CONICYT reafirma su compromiso y convencimiento de la necesidad de fortalecer el sistema de ciencia, tecnología e innovación del Uruguay y entiende que es fundamental concebir la inversión en CTI como una palanca para impulsar la reactivación del país en clave de desarrollo sostenible e inclusivo.
2) El CONICYT entiende recomendable que todo cambio estructural sea resultante de un proceso más amplio y planificado de rediseño, a partir de la evaluación y reflexión estratégica del país, con aportes de todos los actores del sistema, donde se argumenten las motivaciones y la racionalidad de los cambios y se sugieran las áreas de mejora. A modo de ejemplo, actualmente, con el liderazgo del CONICYT en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), se está realizando un proceso de sistematización de lecciones y aprendizajes del Plan Estratégico Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, aprobado en 2010. Asimismo, está previsto contribuir con la definición de la nueva arquitectura institucional en un proceso liderado por el MEC.
3) En todos los casos, dichos procesos deben adecuarse a la legalidad vigente. En ese sentido, la Ley Nº 18.084, de 9/1/2007, creó el cargo del Secretario Ejecutivo de la ANII y le confirió atribuciones propias, partiendo de una distinción entre órganos políticos y órganos técnicos (arts. 5, 7, 10, 11 y 12). En esta división de roles, es precisamente el responsable de la Secretaría Ejecutiva quien debe informar periódicamente al CONICYT sobre la planificación, ejecución y evaluación de planes y programas. Estas atribuciones se relacionan estrechamente con el cumplimiento de los cometidos que la ley mencionada, en su artículo 24, asigna expresamente a este Consejo. No obstante lo anterior, la resolución del Directorio de la ANII del 4 de febrero de 2021, que generó la vacancia del cargo de secretario ejecutivo con la finalidad de transferir sus atribuciones al presidente del Directorio, anticipa los efectos de una reestructura que la ANII no podía disponer y menos aún implementar por sí, sin mediar una modificación de la norma legal vigente. Mientras no se modifique la ley, dicho organismo debe aplicarla estrictamente, adoptando todas las acciones tendientes a su cumplimiento. Cabe agregar que tampoco se expresan los fundamentos que llevaron a la decisión de cambiar la estructura actual.
4) En relación con los cambios presupuestales, el CONICYT es sensible a la crítica situación económica que vive el país, lo cual requiere sopesar cuidadosamente, ser muy selectivos, eficientes y efectivos en las inversiones a realizar. Desde el CONICYT hemos bregado por constituir tribunales calificados y exigentes como forma de seleccionar proyectos con fuerte e indiscutible calidad en las distintas áreas, sea investigación, innovación, emprendimientos, entre otros.
Estamos convencidos de que una inversión en CTI con estos criterios de priorización y selección exigente es de muy alto retorno social y actúa como un potente motor de la economía y la sociedad en clave de reactivación económica, inclusiva y
ambientalmente sostenible.
5) El portal TIMBÓ, modelo a nivel internacional de acceso público y universal a la información científica, ha jugado un rol fundamental en el crecimiento y consolidación de distintas áreas del conocimiento, así como de diversos sectores productivos. La eliminación de suscripción de revistas atenta y erosiona directa y profundamente este proceso, que ha llevado mucho tiempo construir. El uso de las distintas revistas académicas del portalTIMBÓ puede dar una idea muy errónea, dado que hay áreas cognitivas y/o productivas de enorme valor e impacto, pero empleadas por un número
reducido de usuarios. Resulta esencial que, de promoverse cambios en las suscripciones del portal, estos sean realizados en consulta con los diversos actores del sistema, buscando la mejor solución entre todos.
Por lo anterior, reiteramos que es fundamental fortalecer la inversión en CTI en el marco de una política de Estado con el máximo apoyo político, económico y social. Avanzar en el desarrollo económico, cultural y social del país requiere más y mejor cti.
Atento a sus cometidos, el Consejo Nacional de Innovación Ciencia y Tecnología comunica estas consideraciones al Poder Ejecutivo-Ministerio Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología Uruguay de Educación y Cultura, al Poder Legislativo, y al Directorio de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
Acompañan esta declaración, adoptada por unanimidad, en la sesión ordinaria del CONICYT de fecha 8 de marzo de 2021: Miguel Sierra, Presidente; Isabel Bortagaray (UdelaR); Soledad Gutiérrez (UdelaR); Virginia Bertolotti (UdelaR); Mariana Gulla (UdelaR); Diego Moraes (Poder Ejecutivo); Martín Solari (Universidades Privadas); Matías Dodel (Universidades Privadas); Manuel Moldes (Cámara de Industrias del Uruguay); Leonardo Loureiro (Cámara Uruguaya de Tecnologías de la Información); Juan Abdala (Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay) y Mario Pérez (PIT – CNT).
Ing. Agr. (PhD.) Miguel Sierra Pereiro
Presidente CONICYT
Documento Vinculante
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Agencia U’
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