El sábado 7 de octubre de 2023, en el marco de la 45ª Feria del Libro, se realizó una charla para informar de los avances en torno al reconocimiento del trabajo de las y los escritores.
La mesa estuvo compuesta por Raquel Diana por la Casa de los Escritores del Uruguay, Roberto López Belloso de la Fundación Mario Benedetti, Gabriel Salsamendi que es Abogado asesor del Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS y Begoña Ojeda quien es docente de la FHCE (UDELAR), siendo el moderador el poeta Luis Pereira Severo.
La novedad fue la aprobación, por unanimidad de la Cámara de Senadores, del artículo 335 del Presupuesto Nacional que refiere a la inclusión del sector a la seguridad social. Este fue presentado por Luis Fernando Iglesias, asesor de la Dirección Nacional de Cultura del MEC (contratado por ocho meses bajo el régimen de arrendamiento de obra según resolución S/N/023 del 3 de julio)1.
Todos los participantes de la mesa mostraron su asombro por la aprobación de este proyecto. Se pone en primer plano lo que han dicho, una y otra vez, desde la Casa de Escritores del Uruguay: el escribir es y da trabajo. Desde el surgimiento el año pasado de un tarifario para todos los trabajos relacionados con la escritura, que incluye la publicación en una editorial o una autoedición tanto como las presentaciones de libros, prólogos, lecturas poéticas, etc., se ha ido afirmando la idea de que el escritor debe cobrar por su trabajo. También, de esta manera se avanza en pos de hacer visible la tarea que realiza este sector y las condiciones reales de desprotección laboral y social del conjunto de las y los escritores.
Más allá que hay dificultades técnicas de establecer el cómputo del trabajo, porque la mayoría tiene multi trabajo y baja formalización a los efectos de establecer una jubilación, lo cierto es que en el año 2022 se jubilaron sólo 12 personas teniendo como último trabajo de artista, 33 con otro(s) trabajo(s), y 45 que tenían algún trabajo como artista.
Muy poco, realmente.
La tarea a realizar ahora es instrumentar el registro de los contratos por parte del Registro (art. 4º), porque la ley del Estatuto del Artista (ley 18.384), bajo la que se aprobó dicho aditivo, no tiene que ver específicamente con las y los escritores.
Si bien no se tomó en cuenta a las organizaciones representativas al momento de redactar el proyecto de ley, sería bueno que hubiera una coordinación entre todos los actores para intercambiar opiniones para regular la actividad.
Indudablemente, se trató de “Un paso en la inclusión de las y los escritores en la Seguridad Social”, como manifestó Raquel Diana.
Por Sergio Schvarz
Notas
1.- https://www.gub.uy/presidencia/institucional/normativa/resolucion-sn023-se-autoriza-contratacion-luis-fernando-iglesias-herrero
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