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Cabildo Abierto se sale con la suya

El Partido Nacional logró ya media sanción en Senado de un proyecto de ley de prisión domiciliaria cuyo texto deja a criterio del juez otorgar la prisión domiciliaria a encarcelados por delitos de lesa humanidad, concretando así el proyecto de Cabildo Abierto, que debió ser rechazado por el alto costo político de su franqueza.

Observadores de derechos humanos de Naciones Unidas plantearon en una carta al gobierno uruguayo que “observamos la inclusión de términos vagos y ambiguos en el proyecto de ley”, lo que según el abogado del Observatorio Luz Ibarburu Pablo Chargoñia es “una de las claves del cuestionamiento: cuando en una ley se emplean conceptos vagos y ambiguos si el legislador es vago y es ambiguo, le da una enorme discrecionalidad al juez en un cierto sentido. Y eso es riesgoso”.

El proyecto, especifica Chargoñia, se refiere a “condiciones biopsicosociales”, y a circunstancias familiares o especiales. Estas previsiones, de ser aplicadas a aquellos condenados por graves violaciones a los Derechos Humanos, podrían promover la impunidad de derecho o de facto”.

Andrés Alsina

Chargoñia coincide con las prevencion es de Naciones Unidas “porque conozco la justicia uruguaya y su dinámica; conozco a mis colegas defensores de violadores de Derechos Humanos, abogados ellos del Centro Militar. Y no tengo la menor duda que ante un proyecto de ley que tenga estos términos vagos y ambiguos, lo van a utilizar como un chicle, como una media elástica para que siempre sea posible la prisión domiciliaria porque se darán las condiciones biopsicosociales que nadie sabe qué quiere decir, que la ley, el legislador no lo dice pero que precisamente va a ambientar esa impunidad de derecho o de facto”.

“Entra todo, yo digo por razones, por condiciones biopsicosociales que lo voy a probar con un psicólogo que va a decir que este hombre en Domingo Arena se deprime, pero entonces el juez dice pero es que la ley me da esto, me da esa posibilidad de amplitud; es cierto, no me obliga la ley a darle la prisión domiciliaria pero me da estos términos tan vagos y tan ambiguos que uno puede pronosticar con seriedad que lo van a utilizar para aumentar la tasa de prisión domiciliaria”.

El modelo biopsicosocial es un enfoque teórico de salud y enfermedad que postula que el factor biológico, el factor psicológico, conductas, factores sociales y culturales, desempeñan un papel significativo de la actividad humana en el contexto de una enfermedad o discapacidad.

Hoy existe una importante cantidad de los violadores de Derechos Humanos procesados o condenados que están en su casa por razones, pero por razones sanitarias de enfermedad grave incompatible con la penitenciaría, señala Chargoñia.

Más, destaca Chargoñia, una persona mayor de 65 años que alegue estas condiciones biopsicosociales o las circunstancias familiares o las circunstancias especiales con esta vaguedad que el texto propicia daría lugar a que el proyecto de Cabildo Abierto original no se realiza en los hechos en el texto legal pero en los hechos sí podría transformarse en una prisión domiciliaria automática a las personas mayores de 65 años. Por estas razones que estoy diciendo, y es lo que dicen los relatores, podría ambientar una situación de impunidad de derecho o de facto”.

Este texto “le da una amplísima discrecionalidad al juez, no le da una limitación y por tanto uno puede pronosticar que efectivamente van a ir a sus casas y ese va a ser el efecto buscado originalmente. Que se va a realizar en virtud de principio de legalidad. Señalan con razón los relatores de Naciones Unidas que las leyes deben ser precisas y claras para evitar su aplicación de manera discrecional y arbitraria asegurando así el respeto de la ley por parte de quienes las aplican, y luego recuerda que con el fin de evitar privilegios o medidas análogas a las amnistías generales prohibidas por el derecho internacional, en ningún caso deben otorgarse el beneficio del arresto domiciliario sin establecer de manera pormenorizada y específica los requisitos para la misma en el caso de aquellos que han sido condenadas por violaciones graves a los Derechos Humanos”.

 

 

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